ORDEN ARP/42/2020, de 16 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las comunidades de regantes afectadas por los chubascos de octubre de 2019 y por el temporal Gloria de enero de 2020.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

En los días 22 y 23 de octubre de 2019, se produjo un episodio de chubascos torrenciales que afectaron a varias comarcas de Catalunya. En las comarcas de L'Alt y El Baix Empordà, L'Alt y El Baix Camp, La Conca de Barberà, El Priorat, El Tarragonès, La Ribera d'Ebre, Les Garrigues, El Pla d'Urgell, La Noguera, La Segarra y El Segrià, hubo precipitaciones por encima de los 150 mm en un corto periodo de tiempo, lo que ocasionó numerosos daños en las infraestructuras de las comunidades de regantes implantadas en dichas áreas.

La respuesta hidrológica fue especialmente severa en la cuenca de El Francolí, en las rieras de La Conca de Barberà, L'Alt Camp, El Baix Camp y El Tarragonès; los afluentes de El Segre por el margen izquierdo (Sió, Ondara, Corb, Gorgs y La Femosa); el tramo final de El Llobregat, en la cabecera de El Ter, en los afluentes de El Baix Ter (Terri, Onyar y Daró) y en La Muga, así como en las rieras de todo el litoral y el prelitoral.

Por otra parte, del 20 al 23 de enero de 2020, el temporal Gloria produjo chubascos, episodios de viento, tormentas eléctricas severas, desbordamientos de ríos e invasión de agua salada en terrenos costeros de las comarcas de El Priorat, El Baix Ebre, El Montsià, L'Alt Empordà, El Baix Empordà, El Gironès, La Selva, El Vallès Oriental, El Maresme y El Baix Llobregat, lo que produjo daños agrarios y pesqueros muy importantes. Las zonas más afectadas fueron el delta del Ebro, la zona de El Baix Ter y la huerta del cauce de La Tordera.

Ambos episodios mencionados han afectado también a las infraestructuras de regadío, tanto las redes de distribución como las redes de drenaje, de las comunidades de regantes. Estas infraestructuras de carácter comunitario son imprescindibles para poder llevar a cabo la gestión de las concesiones de agua. Para garantizar la próxima campaña de regadío, es necesario que las comunidades de regantes afectadas lleven a cabo su reparación urgente.

El Acuerdo de Gobierno de 4 de febrero de 2020, por el que se impulsan medidas urgentes para paliar los daños ocasionados por el temporal Gloria, y el Acuerdo de Gobierno de 18 de febrero de 2020, que amplía estas medidas a los daños ocasionados por los chubascos de octubre de 2019, acuerdan transferir créditos del Fondo de Contingencia al presupuesto del Departamento de Agricultura, Ganadería Pesca y Alimentación para paliar los daños ocasionados por dichos fenómenos climáticos.

Por todo lo expuesto, en el marco de la autorización de dichos acuerdos, se establece un régimen de ayudas dirigido a las comunidades de regantes para la reparación y restauración de las infraestructuras hidráulicas de regadío.

Consecuentemente, valorada la conveniencia de apoyar a las comunidades de regantes afectadas por los chubascos de los días 22 y 23 de octubre de 2019 y por el temporal Gloria de los días 20 a 23 de enero de 2020 para la reparación y restauración de las infraestructuras hidráulicas de regadío, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Catalunya, a propuesta de la Dirección General de Desarrollo Rural del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las comunidades de regantes afectadas por los chubascos de los días 22 y 23 de octubre de 2019 y por el temporal Gloria de los días 20 a 23 de enero de 2020, que se publican en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 2

Aprobar el procedimiento de participación por medios telemáticos en la convocatoria pública de las ayudas reguladas en las bases reguladoras aprobadas en el artículo 1 que es obligatorio para todas las comunidades de regantes solicitantes, que consta en el anexo 2 de esta Orden.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 16 de abril de 2020

Teresa Jordà i Roura

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

Anexo 1

Bases reguladoras

--1 Objeto

El objeto de las ayudas es la reparación y restauración de las infraestructuras hidráulicas de regadío, tanto de las redes de distribución como de las redes de drenaje, garantizando la continuidad de las comunidades de regantes, afectadas por los chubascos de los días 22 y 23 de octubre de 2019 (en adelante, chubascos de octubre de 2019) y por el temporal Gloria de los días 20 a 23 de enero de 2020 (en adelante, temporal Gloria de enero de 2020) producidos en las comarcas de L'Alt Empordà, El Baix Empordà, La Selva, El Gironès, El Maresme, El Vallès Oriental, El Baix Llobregat, L'Alt y El Baix Camp, El Priorat, La Conca de Barberà, El Tarragonès, La Ribera d'Ebre, El Baix Ebre, El Montsià, Les Garrigues, La Segarra, El Segrià, El Pla d'Urgell, L'Urgell y La Noguera.

--2 Personas beneficiarias

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las comunidades de regantes u otras comunidades de usuarios de aguas principalmente vinculadas al regadío que sean corporaciones de derecho público según el artículo 81 del Real decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de aguas, que gestionen infraestructuras de regadío o de drenaje y que dispongan del derecho de agua correspondiente, las cuales hayan sufrido daños en sus infraestructuras hidráulicas de regadío o de drenaje como consecuencia de los chubascos de octubre de 2019 y el temporal Gloria de enero de 2020.

--3 Condiciones generales de admisibilidad

Las comunidades de regantes beneficiarias de las ayudas deben haber sido afectadas por los chubascos de octubre de 2019 o por el temporal Gloria de enero de 2020 a que hace referencia el artículo 1.

--4 Requisitos e incompatibilidades

4.1 Para obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones, las entidades solicitantes deben cumplir, desde el momento de presentación de la solicitud, los requisitos y las condiciones generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y los siguientes:

  1. La cuenta donde se debe ingresar el importe de la ayuda incluida en el impreso de solicitud debe pertenecer a la persona beneficiaria de la ayuda.

  2. Presentar declaración sobre si han solicitado y/o han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

  3. Presentar declaración sobre si disponen de seguro de las instalaciones que cubra los daños causados y si han solicitado y/o han obtenido indemnizaciones por la reparación de dichas instalaciones.

  4. En el caso de empresas y entidades, no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias porque han ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

  5. En el caso de agrupación de personas físicas o jurídicas, no podrá disolverse hasta que hayan transcurrido los plazos de prescripción previstos en el artículo 100.4 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Catalunya, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y el artículo 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

  6. Las personas solicitantes de estas ayudas deben adherirse al código ético que figura como anexo 3.

    4.2 En cuanto a la concurrencia con otras ayudas, las ayudas que se establecen en esta Orden son incompatibles con cualquier otra ayuda pública o privada concedida para la misma finalidad.

    --5 Tipos y cuantía de las ayudas

    5.1 Las ayudas tienen carácter de subvención directamente aplicable a los gastos ocasionados por la restauración de las infraestructuras hidráulicas de regadío de las comunidades de regantes que se relacionan a continuación, tanto de redes de distribución como de redes de drenaje, por la superficie afectada por los chubascos de octubre de 2019 o por el temporal Gloria de enero de 2020 producidos en las comarcas de L'Alt Empordà, El Baix Empordà, La Selva, El Gironès, El Maresme, El Vallès Oriental, El Baix Llobregat, El Baix Camp, L'Alt Camp, El Priorat, La Conca de Barberà, El Tarragonès, La Ribera d'Ebre, El Baix Ebre, El Montsià, Les Garrigues, La Segarra, El Segrià, El Pla d'Urgell, L'Urgell y La Noguera.

    Los importes de las ayudas son los siguientes:

    Demarcación de Lleida:

    - Comunidad General de Regantes de Els Canals d'Urgell, 20 €/ha

    - Comunidad General de Regantes del Canal Segarra-Garrigues, 62 €/ha

    - Comunidad de Regantes de L'Albi, 146 €/ha

    - Comunidad de Regantes de la Sèquia Fontanet, 142 €/ha

    - Comunidad de Regantes Garrigues Sud, 30 €/ha

    - Comunidad de Regantes El Vilosell, 69 €/ha

    - Comunidad de Regantes Torres de Segre, 81 €/ha

    Demarcación de Tarragona:

    - Comunidad de Regantes de Caserio de La Plana, 90 €/ha

    - Comunidad de Regantes de la Mina Cabré, 74 €/ha

    - Comunidad de Regantes de Regs del Francolí, 24 €/ha

    - Comunidad de Regantes Horta de les Planes de Montblanc, 1.552 €/ha

    - Comunidad de Regantes La Sequieta (Vilavert), 3.145 €/ha

    - Comunitat de Regants L'Horta de Dalt i de Baix, 174 €/ha

    - Comunidad de Regantes Horta de la Sallida, 616 €/ha

    - Comunidad de Regantes Horta de Sant Antoni, 123 €/ha

    - Comunidad de Regantes Sèquia del Mas de les Moreres, 1.160 €/ha

    - Comunidad de Usuarios de Les Aigües de la Font Gran de la Riba, 533 €/ha

    - Comunidad de Regantes de Els Solans, 204 €/ha

    - Comunidad de Regantes Horta Parellada de Dalt, 257 €/ha

    - Comunidad de Regantes La Serra, 34 €/ha

    - Comunidad de Regantes Aigua Nova, 26 €/ha

    - Comunidad de Regantes Resclosa de les Sorts, 166 €/ha

    - Comunidad de Regantes Horta del Rieral, 1.148 €/ha

    - Comunidad de Regantes Sèquia de Puigdelfí, 1.995 €/ha

    - Comunidad de Regantes Aigües de Baix, 8 €/ha

    - Comunidad...

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