ORDEN ARP/220/2019, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la medida de promoción de productos vinícolas en los mercados de países terceros.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden
DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
ORDEN ARP/220/2019, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la
medida de promoción de productos vinícolas en los mercados de países terceros.
El Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se crea
una organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los reglamentos (CEE)
922/72, (CEE) 234/79, (CE) 1037/2001 y (CE) 1234/2007, establece en la letra b) del apartado 1 de su artículo
45 la medida de apoyo para la promoción en los mercados de países terceros con el objetivo de mejorar la
competitividad de los vinos de la Unión Europea.
El Reglamento delegado (UE) 2016/1149 de la Comisión, de 15 de abril, por el que se completa el Reglamento
(UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, hace referencia a los programas nacionales de apoyo al
sector vitivinícola y modifica el Reglamento (CE) 555/2008 de la Comisión, que establece normas de desarrollo
en relación con los programas de apoyo, el comercio con terceros países, el potencial productivo y los controles
del sector vitivinícola.
El Reglamento (UE) 2016/1150 de la Comisión, de 15 de abril, establece disposiciones de aplicación del
Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y el Consejo en relación con los programas nacionales de
apoyo al sector vitivinícola.
En este marco normativo, esta disposición regula la medida de promoción de productos vinícolas en mercados
de terceros países de acuerdo con el Programa de apoyo al sector vitivinícola español 2019-2023 presentado
por el Estado a la Comisión Europea y regulado por el Real decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, modificado
por el Real decreto 608/2019, de 25 de octubre.
Estas ayudas están sometidas al régimen de transparencia y al sistema de control y sanciones establecido en el
Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, sobre financiación,
gestión y seguimiento de la Política Agraria Común, por el que se derogan los reglamentos (CE) 352/78, (CE)
165/94, (CE) 2799/98, (CE) 814/2000, (CE) 1290/2005 y (CE) 485/2008 del Consejo.
Consecuentemente, valorada la conveniencia de apoyar al sector vitivinícola mediante una ayuda económica,
de acuerdo con el artículo 92 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Catalunya, aprobado por el
Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y a propuesta de la Dirección General de Alimentación, Calidad
e Industrias Agroalimentarias, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
Ordeno:
Artículo 1
Aprobar las bases reguladoras de la ayuda a la medida de promoción de productos vinícolas en los mercados
de países terceros que se publican en el anexo 1, así como las acciones y actividades de promoción del anexo
2, la lista de productos de calidad destinados al consumo directo del anexo 3, la lista de países prioritarios del
anexo 4, los formularios para presentar la solicitud de ayuda del anexo 5, los criterios de priorización del anexo
6, la relación no exhaustiva de gastos no subvencionables del anexo 7 y las condiciones para la
subvencionabilidad de los gastos de personal y administrativas del anexo 8, de acuerdo con el Real decreto
1363/2018, de 2 de noviembre.
Artículo 2
Aprobar el procedimiento de tramitación telemática de solicitudes que figura en el anexo 9 de esta Orden para
las solicitudes de participación en la ayuda de promoción de productos vinícolas en los mercados de países
terceros.
DL B 38014-2007ISSN 1988-298X https://www.gencat.cat/dogc
Núm. 8025 - 17.12.2019
1/30
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
CVE-DOGC-B-19347040-2019
Disposición adicional
Estas ayudas financiadas por el FEAGA se tramitan de acuerdo con las funciones de organismo pagador que
establece el Decreto 393/2006, de 17 de octubre, por el que se constituye y se regula la organización y el
funcionamiento del Organismo Pagador de las ayudas financiadas por el FEAGA y el FEADER (DOGC 4743, de
19.10.2006).
Disposición derogatoria
Se deroga la Orden ARP/221/2018, de 19 de diciembre (DOGC 7774, de 24.12.2018), por la que se aprueban
las bases reguladoras de las ayudas a la medida de promoción de productos vinícolas en los mercados de
terceros países, que sólo permanece aplicable a las ayudas convocadas a su amparo.
Disposición final
Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Barcelona, 12 de diciembre de 2019
Teresa Jordà i Roura
Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Anexo 1
Bases reguladoras
-1 Objeto de las ayudas
El objeto de estas bases es regular la tramitación de las ayudas a la medida de apoyo de información y
promoción en mercados de países terceros de los productos vinícolas detallados en el apartado 2 de estas
bases reguladoras con el fin de mejorar su competitividad, de acuerdo con el Reglamento (UE) 1308/2013 y
disposiciones que lo completan y desarrollan, y el Real decreto 1363/2018.
-2 Ámbito de aplicación
Podrán ser objeto de promoción los productos españoles de calidad destinados al consumo directo, detallados
en el anexo 3, que tengan posibilidades de exportación o de nuevas salidas comerciales en países terceros, y
que estén incluidos en alguna de las categorías siguientes:
Vinos con denominación de origen protegida.
Vinos con indicación geográfica protegida.
Vinos en los que se indique la variedad o variedades de uva de vinificación.
Se consideran elegibles las acciones promocionales del anexo 2 en todos los países terceros, siendo prioritarios
los previstos en el anexo 4.
DL B 38014-2007ISSN 1988-298X https://www.gencat.cat/dogc
Núm. 8025 - 17.12.2019
2/30
Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
CVE-DOGC-B-19347040-2019

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