ORDEN ARP/210/2017, de 8 de septiembre, por la que se modifica la Orden AAM/312/2014, de 15 de octubre, por la que se establecen los criterios para la aplicación de los niveles de reducción en la excreción del nitrógeno del ganado porcino mediante la mejora de la alimentación.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

La disposición adicional segunda de la Orden AAM/312/2014, de 15 de octubre, por la que se establecen los criterios para la aplicación de los niveles de reducción en la excreción del nitrógeno del ganado porcino mediante la mejora de la alimentación, establece la obligatoriedad para los equipos de transporte de deyecciones que realizan aplicaciones a más de 10 km de las instalaciones ganaderas de origen que deben ir equipados con un dispositivo electrónico de posicionamiento global (GPS) y una unidad de adquisición y registro de estos datos que no permita su modificación.

La Orden AAM/66/2015, de 25 de marzo, modificó la Orden AAM/312/2014, adicionando un anexo 3 donde se determinan los requerimientos de trazabilidad del transporte y aplicación de las deyecciones ganaderas, la estimación del nitrógeno y el fósforo contenidos en las deyecciones ganaderas y el formato del archivo que debía ser tipo hoja de cálculo o base de datos, con los nombres de cada campo.

Con el fin de agilizar la transmisión de datos, el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación ha impulsado la creación de una plataforma informática (servicio web) para la recepción de datos relativos a la gestión de deyecciones ganaderas a larga distancia garantizando al mismo tiempo la seguridad de los datos y posibilitar su utilización para un control efectivo.

Consecuentemente, y de acuerdo con las competencias que me han sido atribuidas y a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería,

Ordeno:

Artículo 1

Se modifica el punto 3 del anexo 3 de la Orden AAM/312/2014, de 15 de octubre, que queda redactado de la forma siguiente:

  1. Transmisión de los datos a la Administración

El dispositivo electrónico de posicionamiento global (GPS) debe incorporar un software que permita la transmisión telemática en tiempo real de los datos a que se refiere el apartado 1 de este anexo, en la plataforma de recepción de...

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