ORDEN ARP/144/2018, de 3 de agosto, de modificación de la Orden ARP/229/2017, de 9 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la ayuda para la promoción y el suministro de frutas y hortalizas y de la ayuda destinada al suministro de leche y productos lácteos al alumnado de centros educativos en el marco de los Programas Escolares, se regula el procedimiento de participación de los centros educativos en dichos programas y se regula el procedimiento de selección del proveedor para cada programa (DOGC núm. 7473, de 13.10.2017).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

La Orden ARP/229/2017, de 9 de octubre, aprobó las bases reguladoras de la ayuda para la promoción y el suministro de frutas y hortalizas y de la ayuda destinada al suministro de leche y productos lácteos al alumnado de centros educativos en el marco de los Programas Escolares, que se publicaban como anexo 1 de dicha Orden.

Las mencionadas bases reguladoras se aplicaron durante el curso 2017/2018. De la experiencia en la gestión de esa ayuda durante el primer curso de aplicación, se ha visto la necesidad de modificar la redacción de algunos apartados de las bases reguladoras para corregir incoherencias detectadas en la redacción de los diferentes apartados de las bases reguladoras y en otros para concretar y aclarar la forma en la que deben proceder las entidades que quieran actuar como proveedoras de los Programas Escolares.

Así, se modifica el apartado 5.8 d) a petición de algunos centros educativos para asegurar que la distribución se realiza de forma que permita el consumo de los productos del Programa escolar de fruta durante la misma semana en que se reciben y así asegurar que los niños los consumen con la calidad deseada.

Para mayor claridad en relación con las obligaciones de las entidades que actúan como proveedoras, se añade al apartado 5.8 g) un párrafo en relación con el contenido de los albaranes. Este texto ya constaba en el apartado 8.3 b) relativo a la Documentación justificativa de las solicitudes de pago de la ayuda; sin embargo, conviene recogerlo también en el apartado 5.8 g) para que quede claro que se trata de una obligación.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 92 del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Catalunya, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, a propuesta de la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

Ordeno:

Artículo 1 Modificación del apartado 5.8 d) del anexo 1 de la Orden ARP/229/2017

Se modifica el apartado 5.8 d) del anexo 1 que queda redactado de la forma siguiente:

El reparto de fruta se realizará en todos los centros educativos los lunes o los martes, dentro del horario escolar, para que los...

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