ORDEN ARP/133/2017, de 21 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la cooperación para la innovación a través del fomento de la creación de grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas y la realización de proyectos piloto innovadores por parte de estos grupos (operación 16.01.01 del Programa de desarrollo rural de Cataluña 2014 hasta 2020).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

De acuerdo con el Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, el Programa de desarrollo rural de Cataluña para el período de programación 2014 a 2020 (PDR), con el visto bueno previo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, de 15 de julio de 2014, y aprobado por la Comisión Europea mediante la decisión de Ejecución C (2015) 5325 final de 28 de julio de 2015, modificada por la decisión de Ejecución C (2015) 9760 final, de 18 de diciembre de 2015 y por la decisión de Ejecución C (2016) 5998 final de 16 de septiembre de 2016 prevé dentro de la medida 16 la operación 16.01.01, ayudas destinadas a la Cooperación para la innovación: grupos operativos de la Asociación Europea para la innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas.

El Reglamento Delegado (UE) núm. 807/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, completa el Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, e introduce disposiciones transitorias, y el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 7 de julio de 2014, establece disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Para el periodo 2014-2020, la innovación constituye una prioridad transversal para los objetivos de la Unión Europea, que debe aplicarse de manera horizontal en relación con otras prioridades de desarrollo rural. La innovación es fundamental para promover un sector eficiente desde el punto de vista de los recursos utilizados, productivo y con bajo nivel de emisiones, que garantice un desarrollo sostenible de las zonas rurales, así como el aumento de la competitividad y la diversificación del sector. En línea con esta prioridad, uno de los objetivos o retos del Programa de Desarrollo Rural de Cataluña es estimular la innovación y la transferencia de conocimientos en el sector agroalimentario.

En este sentido, el Gobierno de la Generalidad de Cataluña definió como una de sus prioridades el impulso y la coordinación de la I + D y la innovación del sector agroalimentario y rural de Cataluña. Este compromiso se formalizó con la aprobación del Plan estratégico de Investigación, Innovación y Transferencia agroalimentaria de Cataluña 2013-2020 mediante el Acuerdo de Gobierno GOV/85/2013, de 18 de junio (DOGC núm. 6401, 20.6.2013). Uno de los mandatos del Plan fue la creación del Consejo Catalán de la Innovación Agroalimentaria como órgano y espacio de participación con el sector y todos los agentes implicados para desarrollar el Plan estratégico, adaptarlo a la realidad y a las necesidades más prioritarias del sector en materia de investigación e innovación, y para facilitar, a su vez, la transferencia de todo el conocimiento que se deduzca el conjunto del sector para hacerlo más competitivo. Asimismo, el Consejo tiene el mandato, entre otros, de velar por el buen funcionamiento de la Red de innovación agroalimentaria y rural de Cataluña, un instrumento creado para la difusión de los resultados de las iniciativas y proyectos innovadores del ámbito agroalimentario con el propósito de favorecer el trabajo colaborativo entre empresas y agentes de la investigación de Cataluña. El Consejo Catalán de la Innovación Agroalimentaria y la Red de innovación agroalimentaria y rural de Cataluña fueron creados por el Decreto 109/2014, de 22 de julio, del sistema de formación, transferencia tecnológica e innovación del sector agroalimentario Cataluña (DOGC núm. 6671, de 24. 07.2014).

Estas ayudas dan respuesta a las prioridades de desarrollo rural de la Unión Europea establecidos en el artículo 5 del Reglamento (UE) 1305/2013 y los focos área 1A, 1B, 2A, 3A, 4A, 4B, 4C, 5A, 5B, 5C, 5D y 5E establecidos en este reglamento. Asimismo, da respuesta a los objetivos transversales de innovación, medio ambiente y cambio climático.

El Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, establece disposiciones para mejorar la coordinación de la ejecución de los fondos de la Unión Europea con incidencia en el enfoque estratégico en el ámbito del desarrollo rural.

Por otra parte, y de acuerdo con el artículo 38 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Unión definirá y aplicará una política común de agricultura y pesca. Las normas previstas para el establecimiento o el funcionamiento del mercado interior serán aplicables a los productos que figuran en la lista del anexo I del Tratado, entre los que no figuran los productos del sector forestal. En este caso, y con excepción de la producción de corcho natural en bruto o simplemente preparado, el material de desecho de corcho, el corcho triturado, granulado o pulverizado, las ayudas al sector forestal se someten al Reglamento (UE) núm. 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión ó Europea a las ayudas de minimis.

Estas ayudas están sometidas al régimen de transparencia y al sistema de control y sanciones establecido en el Reglamento (UE) 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

Consecuentemente, valorada la conveniencia de dar apoyo al sector agroalimentario y forestal mediante una ayuda económica, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y a propuesta de la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas a la cooperación para la innovación, a través de la creación de Grupos Operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas (planteamiento y redacción de proyectos innovadores) y la realización de proyectos piloto innovadores por parte de estos grupos, de acuerdo con el Programa de Desarrollo Rural de Cataluña del periodo 2014-2020, que se publican en los anexos 1 y 2, respectivamente, de esta Orden.

Artículo 2

Aprobar el procedimiento de tramitación telemática de solicitudes, que consta en el anexo 3, que será obligatorio para las entidades públicas y para las personas a que se refiere el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, y preferente para las personas físicas.

Disposición adicional

Estas ayudas cofinanciadas con el FEADER se tramitan de acuerdo con las funciones de organismo pagador que establece el Decreto 393/2006, de 17 de octubre, por el que se constituye y se regula la organización y el funcionamiento del organismo pagador de las ayudas financiadas por el FEAGA y el FEADER (DOGC núm. 4743, de 19.10.2006).

Disposiciones transitorias

1. La concesión de las ayudas de coordinación a que se refiere el apartado 7.4 del anexo 2 quedan condicionadas a la aprobación de la modificación del PDR de Cataluña 2014 a 2020 presentada a la Comisión Europea con fecha de acuse de recibido de 7 de marzo de 2017.

2. Las bases reguladoras deberán adaptarse, en su caso, al pronunciamiento de la Comisión, y por tanto:

  1. Los beneficiarios de la ayuda estarán supeditados al cumplimiento de lo previsto en el PDR, y a las obligaciones, condiciones o requisitos que resulten y no puedan estar previstos en las bases reguladorasaprobadas por esta Orden.

  2. En los supuestos de divergencias con la redacción final del PDR, se publicará la modificación de las bases reguladoras aprobadas por esta Orden para adaptarlas al pronunciamiento de la Comisión Europea, y se dará trámite de audiencia a las personas solicitantes para que adapten sus solicitudes a la nuevas bases reguladoras o bien desisten de su solicitud.

  3. En caso de que el aspecto afectado por la modificación del PDR presentada a la Comisión Europea a que se refiere el apartado 1 precedente no sea aprobado por la Comisión, esta circunstancia no generará ningún derecho sobre los beneficiarios.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden ARP/96/2016, de 27 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la cooperación para la innovación a través del fomento de la creación de Grupos Operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas y la realización de proyectos piloto innovadores por parte de estos grupos (operación 16.01.01), y se convocan las correspondientes a 2016 (DOCG núm. 7115, de 06.05.2016), y su corrección de errores (DOCG núm. 7119, de 12. 05.2016), las que sólo quedarán de aplicación a las ayudas correspondientes a la convocatoria del año 2016.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 21 de junio de 2017

Meritxell Serret i Aleu

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

Anexo 1

Bases reguladoras de las ayudas a la creación de Grupos Operativos

-1 Objeto de las ayudas

El objeto de las ayudas que establece la Orden es sufragar los gastos de creación de Grupos Operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas, para el planteamiento y redacción de proyectos de innovación para parte de estos grupos definidos en el...

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