RESOLUCIÓN INT/490/2006, de 28 de febrero, de convocatoria de concurso oposición libre para cubrir 20 plazas de inspector/a del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria 50/06).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

INT/490/2006, de 28 de febrero, de convocatoria de concurso oposición libre para cubrir 20 plazas de inspector/a del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria 50/06).

Visto lo que disponen los artículos 17, 24 y 25 bis de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, y de acuerdo con lo que establece el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Reglamento de provisión de puestos de trabajo del cuerpo de mozos de escuadra, aprobado por el Decreto 169/2001, de 26 de junio, y el Reglamento de selección de personal de la Administración de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto 28/1986, de 30 de enero;

Visto el Acuerdo de la Comisión de Gobierno de Política Institucional de 21 de febrero de 2006, por el que se aprueba la oferta de ocupación pública, entre otras, de 20 plazas de la categoría de inspector/a del cuerpo de mozos de escuadra, para el año 2006;

Visto lo que establece el artículo 20.2 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, así como el artículo 1.h) de la Resolución INT/2028/2004, de 12 de julio, de delegación de funciones de la consejera de Interior en varios órganos del Departamento,

Resuelvo:

Artículo 1

Se abre la convocatoria de concurso oposición libre para cubrir 20 plazas de inspector/a del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad de Cataluña (núm. de registro de la convocatoria 50/06), con sujeción a las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Artículo 2

Contra esta Resolución de convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer potestativamente, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, recurso de reposición ante el secretario general del Departamento de Interior, en el plazo de un mes previsto en el artículo 117 de la Ley citada, o bien recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con lo que prevé el artículo 10 de la citada Ley. Estos plazos se contarán a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC.

Asimismo, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 28 de febrero de 2006

P. D. (Resolución INT/2028/2004, DOGC de 22.7.2004)

Jordi Pardo i Rodríguez

Secretario general

Anexo 1

Bases

.1 Normas generales

1.1 Se abre la convocatoria para cubrir 20 plazas de inspector/a del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad de Cataluña por el procedimiento de selección de concurso oposición libre, de acuerdo con la distribución siguiente:

10 plazas para el turno de promoción interna que prevé el artículo 24 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

10 plazas para el turno libre.

Las plazas sin cubrir del turno de promoción interna se acumularán a las plazas de turno libre, y viceversa.

1.2 Las personas que tomen parte en esta convocatoria no podrán participar en más de un turno.

1.3 Las funciones que deben ejercer las personas aspirantes que sean nombradas serán las que se atribuyen a los/las inspectores/as, de acuerdo con lo que se establece en los apartados 1.b) y 3 del artículo 19 de la Ley 10/1994, de 11 de julio.

.2 Requisitos de las personas aspirantes.

2.1 Para tomar parte en esta convocatoria, las personas aspirantes deben reunir los requisitos siguientes:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Estar en posesión del título de ingeniero/a técnico/a, de diplomado/a universitario/a de primer ciclo, de arquitecto/a técnico/a, de formación profesional de tercer grado o de otro equivalente o superior. También se pueden presentar, por el turno de promoción interna, los/las subinspectores/as del cuerpo de mozos de escuadra que cumplan los requisitos establecidos en la base 2.2 y que dispongan de una titulación del grupo C, de acuerdo con la dispensa que prevé el artículo 25 bis de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra.

c) Haber cumplido 18 años, teniendo en cuenta la titulación exigida para el acceso, y no superar la edad establecida para la jubilación forzosa.

d) No estar incluido en ninguna de las causas de exclusión médica establecidas en el anexo 3 de la presente convocatoria.

e) No haber sido condenado/a por ningún delito, no estar inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas ni estar separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública. Será aplicable, no obstante, el beneficio de la rehabilitación, siempre que la persona aspirante lo acredite mediante el correspondiente documento oficial.

f) Estar en posesión de la autorización BTP para conducir vehículos policiales.

g) Declaración jurada por la que se toma el compromiso de llevar armas.

2.2 Las personas miembros del cuerpo de mozos de escuadra que concurran por el turno de promoción interna han de tener, además de los requisitos previstos, un mínimo de dos años de antigüedad en la categoría de subinspector/a del cuerpo de mozos de escuadra, y encontrarse en alguna de las situaciones administrativas siguientes: servicio activo, servicios especiales o servicio en comunidades autónomas o servicios en otras administraciones.

2.3 Los requisitos establecidos anteriormente se han de cumplir el último día de presentación de solicitudes, con excepción de los que figuran en los puntos f) y g) de la base 2.1, los cuales deberán cumplirse en el momento de la presentación de la documentación que se indica en la base 8.1, antes de iniciar la fase de capacitación: curso selectivo en la Escuela de Policía de Cataluña.

.3 Solicitudes

3.1 Documentación necesaria para participar:

Las personas interesadas en participar en esta convocatoria han de presentar, dentro del plazo y en la forma establecida en la base 3.2, la documentación siguiente:

a) Solicitud de participación dirigida al secretario general del Departamento de Interior (DAD 18), que figura en el anexo 5.

b) Dos fotografías en formato carné.

c) Dos fotocopias del documento nacional de identidad.

d) A efectos de exención de la realización de la prueba de conocimientos de la lengua catalana establecido en la base 5.2.1. b), las personas aspirantes tendrán que presentar uno de los documentos siguientes:

1) Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de estar en posesión, si procede, del nivel de suficiencia de catalán (C) de la Secretaría de Política Lingüística, superior o equivalente, de acuerdo con la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, sobre los títulos, diplomas...

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