ORDEN TRE/113/2010, de 22 de febrero, que modifica la Orden TRE/509/2009, de 2 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones a los programas de igualdad de oportunidades en el trabajo: programas laborales para la diversidad, y se fija el importe máximo de determinadas ayudas y subvenciones previstas en la misma Orden.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TRABAJO
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRE/113/2010, de 22 de febrero, que modifica la Orden TRE/509/2009, de 2 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones a los programas de igualdad de oportunidades en el trabajo: programas laborales para la diversidad, y se fija el importe máximo de determinadas ayudas y subvenciones previstas en la misma Orden.

Vista la Orden TRE/509/2009, de 2 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones a los programas de igualdad de oportunidades en el trabajo: programas para la diversidad (DOGC núm. 5488, de 21.10.2009), y específicamente el artículo 5 de esta Orden, que prevé que en función de las disponibilidades presupuestarias, y de acuerdo con las bases específicas reguladoras establecidas en la presente Orden, se procederá a la correspondiente publicación de las convocatorias y resoluciones de importes máximos.

Considerando lo que dispone el capitulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002);

Considerando lo que dispone el artículo 92 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, modificado por la Ley 26/2009, de medidas fiscales, financieras y administrativas, se debe proceder a incorporar un nuevo requisito a la presentación de solicitud.

Vistos la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 (BOE núm. 176, de 25.7.2006);

Vista la Estrategia para la inserción laboral de las personas con discapacidad en Cataluña (2008-2010), con el objetivo de promover la ocupación de calidad de personas con discapacidad;

Visto el Real decreto 1451/1983, de 11 de mayo, regulador de la ocupación selectiva y las medidas de fomento de la ocupación de trabajadores con discapacidad (BOE núm. 133, de 4.6.1983), modificado por Real decreto 170/2004, de 30 de enero (BOE núm. 27 de 31.1.2004); el Real decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan enclaves laborales como medida de fomento de la ocupación de las personas con discapacidad (DOGC núm. 45, de 21.2.2004), y el Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en el ámbito de la ocupación y de la formación profesional ocupacional (BOE núm. 83, de 7.4.2006);

Visto el Decreto 199/2007, de 10 de septiembre, de reestructuración del Departamento de Trabajo (DOGC núm. 4967, de 13.9.2007);

Vistos el Reglamento (CE) núm. 1081/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006 (DOUE L210, de 31.7.2006), relativo al Fondo Social Europeo; el Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al FEDER, al FSE y al Fondo de Cohesión (DOUE L210, de 31.7.2006); el Reglamento (CE) núm. 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan las normas de desarrollo para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo (DOUE L 371/1, de 27.12.2006), y el Reglamento (CE) núm. 800/2008, de 6 de agosto, de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE (Reglamento general de exenciones por categorías) (DOCE L 21/43, de 9.8.2008);

Vista la Ley 25/2009, de 23 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2010 (DOGC núm. 5537, de 31.12.2009);

Considerando lo que dispone el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, a propuesta de la Dirección General de Igualdad de Oportunidades en el Trabajo, con informes previos de Asesoría Jurídica y de Intervención Delegada, y en uso de las facultades que me son conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Esta Orden tiene por objeto modificar los...

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