ORDEN JUS/561/2006, de 22 de noviembre, por la quese regula el procedimiento para la evaluación de los requisitos objetivos quepermiten la adquisición del grado personal en el mismo puesto de trabajo alos/las funcionarios/as que prestan servicios en los centros penitenciarios deCataluña.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE JUSTICIA
Rango de LeyOrden

ORDEN

JUS/561/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el procedimiento para la evaluación de los requisitos objetivos que permiten la adquisición del grado personal en el mismo puesto de trabajo a los/las funcionarios/as que prestan servicios en los centros penitenciarios de Cataluña.

El artículo 80.4 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, permite la adquisición del grado personal mediante la superación de los requisitos objetivos que hayan sido determinados por el Gobierno de la Generalidad.

La adaptación del sistema penitenciario al nuevo marco normativo establecido por el Reglamento de organización y funcionamiento de los servicios de ejecución penal en Cataluña aprobado por el Decreto 329/2006, de 5 de septiembre, así como el alto número de factores de complejidad de la sociedad actual que inciden directamente en este ámbito, exige la adopción de medidas que favorezcan la mejora cualitativa del servicio público, especialmente con respecto a los recursos humanos, a sus estímulos profesionales y a su calificación y reciclaje.

Con el objetivo de permitir a los profesionales que prestan servicios en los centros penitenciarios de Cataluña progresar de manera individualizada y en el mismo puesto de trabajo como reconocimiento al desarrollo profesional en términos de conocimientos, habilidades, competencias y compromiso con la organización, así como contribuir a la mejora de la calidad del servicio, se hace necesario articular procedimientos que permitan alcanzar niveles de retribución superiores sin tener que cambiar de puesto de trabajo.

El reconocimiento de la consecución de mejoras del desarrollo profesional debe ser el resultado de un proceso de evaluación que permita identificar a quienes, en función de los criterios que se determinan, aportan un valor añadido que la organización valora y constituye al mismo tiempo el reconocimiento que la organización otorga a la adquisición de conocimientos y habilidades que deben determinar una mejora del desarrollo profesional en el puesto de trabajo.

Este procedimiento tiene un valor estratégico para toda la organización en la medida en que debe contribuir a impulsar los cambios culturales necesarios para alcanzar los objetivos establecidos en las líneas estratégicas de actuación en materia penitenciaria aprobadas por el Gobierno el mes de mayo de 2004, con una clara consideración de la función penitenciaria como función social insertada en el conjunto de las políticas de bienestar y orientada a la rehabilitación y a la reinserción de las personas sometidas a medidas de ejecución penal.

Por eso, en fecha 25 de abril de 2006, el Departamento de Justicia y las organizaciones sindicales CATAC, CCOO y UGT firmaron la propuesta de acuerdo del grupo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR