RESOLUCIÓN EMO/1151/2014, de 16 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la línea de ayudas de Núcleos de Innovación Tecnológica locales y transnacionales que incentiven la realización de actividades de investigación y desarrollo experimental con componente internacional, y se hacen públicas las convocatorias para el año 2014.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyResolución

La estrategia Europa 2020 sitúa la industria y la innovación en el centro del nuevo modelo de crecimiento, y establece que la I+D+i debe ser el principal motor para la transformación económica del tejido productivo hacia un modelo competitivo y sostenible, que fomente la ocupación y la cohesión social. La innovación abierta, y especialmente la colaboración entre empresas, centros universitarios, tecnológicos y de investigación, usuarios o incluso con la administración, es clave para generar nuevas oportunidades de creación de riqueza y ocupación, y para dar respuesta a los grandes retos sociales. Adicionalmente, el concepto de innovación también está cambiando, en un contexto en que las TIC, la ecoinnovación y las tecnologías facilitadoras esenciales (en inglés, key enabling technologies , "KET") modifican las estrategias y los modelos de negocio de las empresas y su forma de innovar.

En este marco, la Estrategia Industrial del Gobierno de la Generalidad tiene como objetivo la reindustrialización de Cataluña de acuerdo con las políticas industriales definidas por la Unión Europea, y está totalmente alineada con la estrategia para la especialización inteligente de Cataluña (RIS3CAT) que define el marco estratégico a partir del cual el Gobierno de la Generalidad de Cataluña desarrolla las actuaciones y los programas de I+D+i para el periodo 2014-2020, y que se estructura en cuatro ejes clave de trabajo: ámbitos sectoriales líderes, clústeres emergentes, tecnologías facilitadoras transversales y el entorno de innovación.

Es precisamente por este motivo que esta convocatoria se enmarca dentro de las estrategias descritas anteriormente y, en concreto, dentro de las responsabilidades de la Agencia para la Competitividad de la Empresa (en adelante, ACCIÓ), entidad adscrita al Departamento de Empresa y Ocupación que tiene como objetivo prestar apoyo a la competitividad de la empresa catalana y que centra su actividad en torno a tres grandes ejes: la innovación, la internacionalización y el crecimiento empresarial.

La convocatoria promueve la estructuración de proyectos de I+D capaces de desarrollar tecnologías clave viables industrialmente, así como competencias diferenciales para la transformación económica de los sectores líderes estratégicos en Cataluña. Estas actuaciones deben estructurarse en base a la cooperación efectiva entre empresas, centros públicos y privados de investigación, centros tecnológicos y otros agentes del sistema de innovación a escala local y transnacional a través de esquemas cooperativos locales, iniciativas ERA-net o convenios bilaterales internacionales entre ACCIÓ y otras regiones o países (como, por ejemplo, el vigente actualmente entre Cataluña e Israel en que, a través de estas bases, se publica la 3.ª convocatoria de ayudas para proyectos cooperativos de I+D bilaterales).

Dado este interés, visto el informe de la Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones que me son conferidas,

Resuelvo:

Artículo 1

Bases reguladoras

Aprobar las bases reguladoras que deberán regir estas convocatorias, las cuales figuran en los anexos 1, 2, 3 y 4 de esta disposición. En los anexos 2, 3 y 4 consta el contenido de las siguientes líneas:

- Ayudas para proyectos en forma de Núcleos de Innovación Tecnológica locales, individuales o cooperativos, destinados a incentivar la realización de actividades de investigación y desarrollo experimental, definidos en la base 1.2 del anexo 2.

- Ayudas para proyectos en forma de Núcleos de Innovación Tecnológica transnacionales destinados a incentivar la presentación de proyectos de investigación y desarrollo experimental a la convocatoria del programa europeo ERA-net, MANUNET II, definidos en la base 1.2 del anexo 3.

- Ayudas para proyectos en forma de Núcleos de Innovación Tecnológica transnacionales destinados a incentivar la presentación de proyectos de investigación y desarrollo experimental a la convocatoria del programa bilateral entre Israel y Cataluña, definidos en la base 1.2 del anexo 4.

Artículo 2

Convocatoria

Hacer públicas las convocatorias para el año 2014 para la concesión de ayudas para proyectos de Núcleos de Innovación Tecnológica locales y transnacionales que incentiven la realización de actividades de investigación y desarrollo experimental con componente internacional.

Artículo 3

Régimen jurídico

Son aplicables a estas bases reguladoras el Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), y todas sus modificaciones; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones de 18.11.2003), el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE núm. 176, de 25.7.2006), la Resolución EMO/93/2012, de 9 de enero, por la que se aprueban y se hacen públicas las bases generales que deben regir las ayudas convocadas por la Agencia para la Competitividad de la Empresa, ACCIÓ (anteriormente la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana) (DOGC núm. 6059, de 03.02.2012), y el resto de normativa aplicable.

En el caso concreto del programa europeo ERA-net MANUNET II, estas bases están también sometidas en todas sus consideraciones al contenido de la Decisión 1982/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativa al Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la UE para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (de 2007 a 2013), así como al conjunto de la normativa comunitaria y específicamente a las disposiciones siguientes:

- Reglamento 1906/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006 por el que se estipulan las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades en las acciones del Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la UE, y las normas de difusión de los resultados de la investigación (2007-2013).

- Decisión C(2011) 174 final de la Comisión de 24 de enero de 2011 sobre tres medidas para simplificar la implementación de la Decisión 1982/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006 y la Decisión 970/2006/Euratom del Consejo y modificar las Decisiones C(2007) 1509 y C(2007) 1625 de la Comisión.

- Decisión 2012/838/UE, Euratom de la Comisión de 18 de diciembre de 2012 sobre la adopción de las normas que aseguran una verificación coherente de la existencia y el régimen jurídico, así como de la capacidad operativa y financiera, de los participantes en acciones indirectas financiadas en forma de subvención con cargo al Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la UE.

Asimismo, también serán aplicables a la convocatoria, y se deben cumplir obligatoriamente durante todo el periodo de ejecución y justificación de los proyectos seleccionados en el marco del programa europeo ERA-net MANUNET II, el resto de normativa comunitaria aplicable.

Artículo 4

Aplicación presupuestaria

4.1 Las cantidades destinadas a estas ayudas durante el año 2014 así como las partidas presupuestarias a las que se aplican del presupuesto de ACCIÓ, son las siguientes:

4.1.1 La cantidad máxima destinada a la línea de ayudas para proyectos en forma de Núcleos de Innovación Tecnológica locales, individuales o cooperativos, destinados a incentivar la realización de actividades de investigación y desarrollo experimental, es de 1.986.860,36 euros, aplicados a la partida presupuestaria D/7025/7700001/574.

4.1.2 La cantidad máxima destinada a la línea de ayudas para proyectos en forma de Núcleos de Innovación Tecnológica transnacionales destinados a incentivar la presentación de proyectos de investigación y desarrollo experimental a la convocatoria del programa europeo ERA-net MANUNET II, es de 500.000 euros, aplicados a la partida presupuestaria D/7025/7700001/574.

4.1.3 La cantidad máxima destinada a la línea de ayudas para proyectos en forma de Núcleos de Innovación Tecnológica transnacionales destinados a incentivar la presentación de proyectos de investigación y desarrollo experimental a la convocatoria del programa bilateral entre Israel y Cataluña, es de 750.000 euros, aplicados a la partida presupuestaria D/7025/7700001/574.

4.2 La concesión de estas ayudas para el año 2014 quedará condicionada a las disponibilidades presupuestarias.

4.3 En el caso de existencia de sobrante una vez resueltas las solicitudes presentadas a una determinada línea de ayudas, dicho sobrante se podrá distribuir entre aquellas líneas en las que haya falta de presupuesto.

Artículo 5

Plazo, forma y lugar de presentación de solicitudes

5.1 Los plazos de presentación de solicitudes para obtener las ayudas previstas en estas convocatorias son los siguientes:

5.1.1 Para la línea de ayudas para proyectos en forma de Núcleos de Innovación Tecnológica locales, individuales o cooperativos, destinados a incentivar la realización de actividades de investigación y desarrollo experimental, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC y finalizará el 10 de julio de 2014.

5.1.2 Para la línea de ayudas para proyectos en forma de Núcleos de Innovación Tecnológica transnacionales destinados a incentivar la presentación de proyectos de investigación y desarrollo experimental a la convocatoria del programa europeo ERA-net MANUNET II, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC y finalizará el 17 de julio de 2014.

5.1.3 Para la línea de ayudas para proyectos en forma de Núcleos de Innovación Tecnológica...

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