RESOLUCIÓN INT/1496/2005, de 9 de mayo, de convocatoria por el sistema de concurso-oposición para el ingreso en la categoría de mozo/a del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad para los miembros de otras fuerzas y cuerpos de seguridad (núm. de registro de la convocatoria 46/01/05).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

INT/1496/2005, de 9 de mayo, de convocatoria por el sistema de concurso-oposición para el ingreso en la categoría de mozo/a del cuerpo de mozos de escuadra de la Generalidad para los miembros de otras fuerzas y cuerpos de seguridad (núm. de registro de la convocatoria 46/01/05).

Considerando lo que prevén la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, y el Decreto 28/1986, de 30 de enero, de Reglamento de Selección de Personal de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Considerando la Resolución INT/1/2005, de 4 de enero, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de 28 de diciembre de 2004, por el que se aprueba, entre otras, la oferta de ocupación pública de plazas de la categoría de mozo/a para miembros de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para el año 2005;

De conformidad con lo que establece el artículo 20.2 de la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, así como el artículo 1.h) de la Resolución INT/2028/2004, de 12 de julio, de delegación de funciones de la consejera de Interior en diversos órganos del Departamento,

Resuelvo:

Artículo 1

Se convocan, por el sistema de concurso-oposición, pruebas selectivas para cubrir 202 plazas de la categoría de mozo/a de la escala básica del cuerpo de mozos de escuadra (núm. de registro de la convocatoria 46/01/05) de acuerdo con las bases y las especificaciones que figuran en los anexos de esta Resolución.

Artículo 2

Las funciones que deben realizar las personas aspirantes que sean nombradas son las atribuidas a los mozos de escuadra por la Ley 10/1994, de 11 de julio, de la policía de la Generalidad-mozos de escuadra, en sus artículos 12, 19.1.d) y 19.3.

Artículo 3

El proceso de selección constará de la fase de concurso, de la de oposición y de un curso de adecuación, de carácter selectivo, en la Escuela de Policía de Cataluña.

Artículo 4

Contra esta Resolución de convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, potestativamente, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, recurso de reposición ante el secretario general del Departamento de Interior, en el plazo de un mes, previsto en el artículo 117 de la Ley citada, o bien recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con lo que prevé el artículo 10 de la citada Ley. Estos plazos se contarán a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Asimismo, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 9 de mayo de 2005

P.D. (Resolución INT/2028/2004,

DOGC de 22.7.2004)

Jordi Pardo i Rodríguez

Secretario general

Anexo 1

Bases

.1 Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 202 plazas de la categoría de mozo/a de la escala básica del cuerpo de mozos de escuadra.

1.2 El ámbito de destino de las personas que ocupen los puestos de trabajo es el comprendido por todo el territorio de Cataluña.

.2 Participantes

Pueden tomar parte en esta convocatoria las personas funcionarias de las fuerzas y cuerpos de seguridad que dependen del Gobierno del Estado que estén destinadas en Cataluña o que hayan sido desplazados a otros territorios del Estado como consecuencia del despliegue del cuerpo de mozos de escuadra y que reúnan los requisitos que se indican en la base 3 de este anexo.

.3 Requisitos

3.1 Para tomar parte en esta convocatoria, las personas aspirantes han de cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar en situación de activo en los cuerpos de referencia.

b) Tener la nacionalidad española.

c) Poseer el título de graduado/a en educación secundaria, de graduado/a escolar, formación profesional de primer grado o equivalente, o cualquier otro de nivel superior. Si se trata de un título obtenido en el extranjero, debe disponer de la correspondiente homologación del Ministerio de Educación y Ciencia.

d) Haber cumplido 18 años y tener menos de 57.

e) Satisfacer la tasa establecida en la base 4.5 de este anexo.

f) No haber sido condenado/a por ningún delito, no estar inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas, ni estar separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública. Será aplicable, no obstante, el beneficio de la rehabilitación, siempre que la persona aspirante lo acredite mediante el correspondiente documento oficial.

g) Poseer el permiso de conducir vehículos de la clase B según el Real decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de conductores o de la clase B1 de la legislación anterior al citado Real decreto.

h) Declaración jurada por la que se compromete a llevar armas.

3.2 Los requisitos establecidos anteriormente deben cumplirse el último día de presentación de solicitudes, excepto los que figuran en los puntos g) y h), los cuales se deben reunir en el momento de la presentación de la documentación que se indica en la base 4.4 de este anexo, antes de iniciar la tercera fase: curso de adecuación, de carácter selectivo en la Escuela de Policía de Cataluña, y se deben continuar cumpliendo hasta la fecha de toma de posesión como funcionario/a de carrera.

.4 Solicitudes

4.1 Lugares donde obtener los impresos de solicitud.

Los impresos de solicitud se encuentran a disposición de las personas interesadas en el Departamento de Interior, en la Dirección General de Seguridad Ciudadana, en las delegaciones territoriales del Gobierno de la Generalidad en Barcelona, Girona, Lleida, Tarragona y Les Terres de l'Ebre y en todas las comisarías del cuerpo de mozos de escuadra.

Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se deben dirigir al secretario general del Departamento de Interior y se han de formalizar utilizando el modelo normalizado que figura en el anexo 4 de esta convocatoria.

4.2 Lugares donde presentar las solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se podrán presentar en los siguientes registros:

Registros del Departamento de Interior:

Via Laietana, 69, 08003 Barcelona.

Registro de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, paseo de Pujades, 9-13, 08018 Barcelona.

Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Barcelona, Via Laietana, 14, 08003 Barcelona.

Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Girona, Gran Via de Jaume I, 9, 17001 Girona.

Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Lleida, c. Lluís Companys, 1, 1º, 25003 Lleida.

Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Tarragona, c. Sant Francesc, 3, 43003 Tarragona.

Registro de la Delegación Territorial del Gobierno de la Generalidad en Les Terres de l'Ebre, c. Doctor Ferran, 6-8 (Palau Oliver de Boteller), 43500 Tortosa.

Asimismo, se pueden presentar en cualquiera de los lugares y por los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se efectuará en sobre abierto con el fin de que la solicitud sea fechada y sellada por el/la funcionario/a de correos antes de ser certificada.

4.3 Plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOGC.

4.4 Documentación.

Junto a la solicitud y dentro del plazo establecido en el anterior punto 4.3, las personas aspirantes deben adjuntar:

a) Dos fotografías de tamaño carné.

b) Dos fotocopias del documento nacional de identidad. Si el DNI se ha extraviado o se está renovando hay que adjuntar dos fotocopias del resguardo y dos fotocopias del pasaporte o del permiso de conducir.

c) Fotocopia compulsada de la documentación acreditativa de estar en posesión, si procede, del nivel intermedio de catalán (B) de la Secretaría de Política Lingüística o superior, o equivalente, de acuerdo con la Orden PRE/228/2004, de 21 de junio, sobre los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaria de Política Lingüística (DOGC núm. 4168, de 6.7.2004).

En caso de que no se disponga de esta documentación y a los efectos de la exención que prevé la base 7.1.1.1.b), la persona aspirante tendrá que aportar un certificado del/de la secretario/a general del departamento correspondiente, o del órgano en el cual delegue, donde conste de manera clara y expresa el proceso de selección para acceder a la Administración de la Generalidad de Cataluña en que haya participado la persona aspirante, el nivel de conocimientos de la lengua catalana requerido en la convocatoria y la especificación de que ha obtenido plaza. Si se trata de alguno de los procesos selectivos convocados y resueltos por el Departamento de Interior no será necesaria la referida acreditación documental.

En lo que hace referencia a las personas aspirantes que hayan superado una prueba del mismo nivel o superior en otros procesos de la oferta pública de empleo del año 2004 tendrán que acreditarlo mediante un certificado del órgano convocante o del órgano en el que delegue, donde conste de manera clara y expresa el proceso de selección en el que han participado, el año de la oferta pública de empleo de la convocatoria, el...

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