ORDEN CLT/319/2013, de 26 de noviembre, por la que se aprueban, se modifican y se derogan tablas de evaluación y acceso documental.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA
Rango de LeyOrden

Visto lo que disponen el artículo 19.2 de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y documentos, y el artículo 10.2 del Decreto 13/2008, de 22 de enero, sobre acceso, evaluación y selección de documentos;

Vistas las propuestas de tablas de evaluación y acceso documental aprobadas por la Comisión Nacional de Acceso, Evaluación y Selección Documental en la reunión de 9 de julio de 2013,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobación de tablas de evaluación y acceso documental

Que se aprueben las tablas de evaluación y acceso documental que figuran en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 2

Modificación de tablas de evaluación y acceso documental

Se modifican las tablas de evaluación documental y las tablas de evaluación y acceso documental siguientes, que pasan a tener la redacción que figura en el anexo 2 de esta Orden:

a) La tabla con código 13, aprobada por la Orden de 17 de enero de 1994, por la cual se aprueban diferentes tablas de evaluación documental (DOGC núm. 1854, de 2 de febrero de 1994).

b) Las tablas con código 87 y código 99, aprobadas por la Orden de 26 de septiembre de 1995, por la que se aprueban diferentes tablas de evaluación documental (DOGC núm. 2117, de 20.10.1995).

c) Las tablas con códigos 109 y 137, aprobadas por la Orden de 16 de septiembre de 1996, por la cual se aprueban diferentes tablas de evaluación documental (DOGC núm. 2279, de 11.11.1996).

d) La tabla con código 179, aprobada por la Orden de 1 de julio de 1998, por la que se aprueban tablas de evaluación documental (DOGC núm. 2685, de 21.7.1998).

e) La tabla con código 349, aprobada por la Orden de 20 de septiembre de 2000, por r la que se aprueban y se modifican tablas de evaluación documental (DOGC núm. 3241, de 9.10.2000).

f) Las tablas con código 426 y 427, aprobadas por la Orden CLT/84/2002, de 15 de marzo, por las que se aprueban y se modifican tablas de evaluación documental (DOGC núm. 3604, de 27.3.2002).

g) La tabla con código 461, aprobada por la Orden CLT/95/2003, de 3 de marzo, por la que se aprueban tablas de evaluación documental (DOGC 3842, de 13.3.2003).

h) Las tablas con código 487 y 491, aprobadas por la Orden CLT/500/2003, de 3 de diciembre, por la que se aprueban y se modifican tablas de evaluación documental (DOGC 4034, de 19.12.2003).

i) La tabla con código 516, aprobada por la Orden CLT/66/2004, de 4 de marzo por la que se aprueban tablas de evaluación documental (DOGC num. 4097, de 23.3.2004).

j) Las tablas con código 650, 651, 652, 653 y 654, aprobadas por la Orden CLT/435/2012, de 17 de diciembre, por la que se aprueban tablas de evaluación y acceso documental (DOGC 6292, de 14.1.2013).

Artículo 3

Derogación de tablas de evaluación y acceso documental

Se derogan las tablas de evaluación documental siguientes:

a) La tabla con código 110 (expedientes del fondo de acción social del personal laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña), aprobada por la Orden de 16 de septiembre de 1996, por la que se aprueban diferentes tablas de evaluación documental (DOGC núm. 2279, de 11.11.1996) porque se integra en la tabla de evaluación documental código 109.

b) La tabla con código 430 (expedientes de autorización de entierro de cadáveres), aprobada por la Orden CLT/84/2002, de 15 de marzo, por la que se aprueban y se modifican tablas de evaluación documental (DOGC núm. 3604, de 27.3.2002), porque se integra en la tabla con código 427.

c) Las tablas con códigos 428 (expedientes desahucio de sepulturas de alquiler) y 429 (expedientes desahucio de sepulturas de propiedad), aprobadas por la Orden del consejero de Cultura CLT/84/2002, de 15 de marzo, por la que se aprueban y se modifican tablas de evaluación documental (DOGC núm. 3604, de 27.3.2002), porque se integran en la tabla con código 426.

d) La tabla con código 508 (expedientes de autorización de establecimientos de restauración) aprobada por la Orden CLT/66/2004, de 4 de marzo, por la que se aprueban tablas de evaluación documental (DOGC 4097, de 23.3.2004), por supresión de la autorización citada.

Barcelona, 26 de noviembre de 2013

Ferran Mascarell i Canalda

Consejero de Cultura

ANEXO 1
  1. Documentación común al conjunto de las administraciones públicas catalanas

    Código: 670

    Serie documental: expedientes de oficialización de escudos heráldicos de los entes locales.

    Organismo: Administración local y departamento competente en materia de Administración local.

    Evaluación

    Disposición: conservación permanente.

    Acceso

    Régimen de acceso: acceso libre.

    Código: 671

    Serie documental: expedientes de oficialización de emblemas de los entes locales.

    Organismo: Administración local y departamento competente en materia de Administración local.

    Evaluación

    Disposición: conservación permanente.

    Acceso

    Régimen de acceso: acceso libre.

    Código: 672

    Serie documental: expedientes de oficialización de banderas de los entes locales.

    Organismo: Administración local y departamento competente en materia de Administración local.

    Evaluación

    Disposición: conservación permanente.

    Acceso

    Régimen de acceso: acceso libre.

    Código: 673

    Serie documental: fichas de acreedores.

    Organismo: administraciones públicas catalanas.

    Evaluación

    Disposición: destrucción total.

    Plazo: seis años desde la fecha de pago o anulación.

    Acceso

    Régimen de acceso: acceso restringido.

    Motivación: contiene datos personales.

    Vigencia de la restricción: hasta la destrucción del expediente.

    Fundamentación jurídica: art. 37.3 de la Ley estatal 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y art. 36.1 de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y documentos.

    Código: 691

    Serie documental: grabaciones de casting de televisión.

    Organismo: televisiones públicas.

    Evaluación

    Disposición: destrucción total.

    Plazo: dos años.

    Acceso:

    Régimen de acceso: acceso restringido.

    Motivación: contiene datos que afectan a la imagen.

    Vigencia de la restricción: hasta la destrucción del expediente.

    Fundamentación jurídica: art. 27.2 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña; art. 37.2 de la Ley estatal 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y art. 35.2 y 36.1 de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y documentos.

    Código: 694

    Serie documental: emisiones de certificados digitales personales.

    Organismo: Consorcio Administración Abierta de Cataluña y los entes públicos que actúan como entidad de registro.

    Evaluación

    Disposición: destrucción total.

    Plazo: quince años a partir de la fecha de expedición del certificado digital.

    Acceso

    Régimen de acceso: acceso restringido.

    Motivación: contiene datos personales.

    Vigencia de la restricción: hasta la destrucción del expediente.

    Fundamentación jurídica: art. 37.3 de la Ley estatal 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y art. 36.1 de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y documentos.

    Código: 695

    Serie documental: emisiones de certificados digitales de dispositivo.

    Organismo: Consorcio Administración Abierta de Cataluña y los entes públicos que actúan como entidad de registro.

    Evaluación

    Disposición: destrucción total.

    Plazo: quince años desde la fecha de expedición del certificado digital.

    Acceso

    Régimen de acceso: acceso restringido.

    Motivación: contiene datos personales.

    Vigencia de la restricción: hasta la destrucción del expediente.

    Fundamentación jurídica: art. 37.3 de la Ley estatal 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y art. 36.1 de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y documentos.

    Código: 696

    Serie documental: suspensiones de certificados digitales.

    Organismo: Consorcio Administración Abierta de Cataluña y los entes públicos que actúan como entidad de registro.

    Evaluación

    Disposición: destrucción total.

    Plazo: quince años a partir de la fecha de recepción de la solicitud de suspensión.

    Acceso

    Régimen de acceso: acceso restringido.

    Motivación: contiene datos personales.

    Vigencia de la restricción: hasta la destrucción del expediente.

    Fundamentación jurídica: art. 37.3 de la Ley estatal 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y art. 36.1 de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y documentos.

    Código: 697

    Serie documental: habilitaciones de certificados digitales.

    Organismo: Consorcio Administración Abierta de Cataluña y los entes públicos que actúan como entidad de registro.

    Evaluación

    Disposición: destrucción total.

    Plazo: quince años a partir de la fecha de habilitación del certificado digital.

    Acceso

    Régimen de acceso: acceso restringido.

    Motivación: contiene datos personales.

    Vigencia de la restricción: hasta la destrucción del expediente.

    Fundamentación jurídica: art. 37.3 de la Ley estatal 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y art. 36.1 de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de archivos y documentos.

    Código: 698

    Serie documental: revocaciones de certificados digitales.

    Organismo: Consorcio Administración Abierta de Cataluña y los entes públicos que actúan como entidad de registro.

    Evaluación

    Disposición: destrucción total.

    Plazo: quince años a partir de la fecha de revocación del certificado digital.

    Acceso

    Régimen de acceso: acceso restringido.

    Motivación: contiene datos personales.

    Vigencia de la restricción: hasta la destrucción del expediente.

    Fundamentación jurídica: art. 37.3 de la Ley estatal 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y art. 36.1 de la Ley 10/2001, de 13 de julio, de...

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