RESOLUCIÓN ENS/2131/2002, de 16 de julio, por la que se modifican los conciertos educativos de centros docentes privados de educación especial.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

ENS/2131/2002, de 16 de julio, por la que se modifican los conciertos educativos de centros docentes privados de educación especial.

Por la Resolución de 2 de septiembre de 1999, se aprobó la renovación de conciertos educativos de centros docentes privados de educación especial (DOGC núm. 2972, de 10.9.1999), por un período de cuatro años a contar desde el inicio del curso escolar 1999-2000.

El Decreto 56/1993, de 23 de febrero, sobre conciertos educativos, establece que durante el mes de enero se han de presentar las solicitudes de modificación y renovación de los conciertos educativos.

Con el fin de tramitar las solicitudes de modificación presentadas por los titulares de diversos centros docentes para el curso 2002-03, por variación del número de unidades concertadas y de personal, se han instruido los expedientes correspondientes.

Analizadas las solicitudes presentadas, los datos de que dispone el Departamento de Enseñanza y según lo que establece la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación y el Decreto 56/1993, de 23 de febrero, de conciertos educativos, hay que resolver las modificaciones de los conciertos educativos solicitadas.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Centros Docentes,

Resuelvo:

-1 Aprobar la modificación de los conciertos educativos de los centros docentes privados de educación especial, que se especifican en el anexo 1 de esta Resolución, para el nivel de enseñanza básica de educación especial, por variación del número de unidades concertadas y de personal, con las condiciones que para cada uno se especifican.

-2 Aprobar la modificación de los conciertos educativos de los centros de educación especial, que se especifican en el anexo 2 de esta Resolución, para el nivel de formación profesional adaptada, por variación del número de unidades concertadas y de personal, con las condiciones que para cada uno se especifican.

-3 El gasto que se deriva de esta Resolución correspondiente al año 2002 será a cargo de la partida presupuestaria D/480130700/4222, del órgano gestor 1304.

-4 El delegado territorial del Departamento de Enseñanza comunicará al titular del centro las circunstancias necesarias para la formalización de la modificación del concierto correspondiente.

-5 La modificación de estos conciertos tendrá efectos a partir del inicio del curso escolar 2002-03.

-6 Esta Resolución se inscribirá en el Registro de centros docentes.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR