DECRETO 355/2011, de 14 de junio, de modificación del Decreto 129/2010, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO

355/2011, de 14 de junio, de modificación del Decreto 129/2010, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

El artículo 150.b) del Estatuto de autonomía de Cataluña establece que corresponde a la Generalidad, en materia de organización de su Administración, la competencia exclusiva sobre las diversas modalidades organizativas e instrumentales para la actuación administrativa. La conexión de esta competencia con la publicidad de la norma obliga a recordar que el artículo 65 del Estatuto prevé el requisito de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya de las leyes de Cataluña y el artículo 68.5 del propio Estatuto, la de los actos, las disposiciones generales y las normas que emanan del Gobierno o de la Administración de la Generalidad.

El Decreto 129/2010, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya , tiene por objeto regular la ordenación, la estructura y la gestión del DOGC, y se dictó en desarrollo de la Ley 2/2007, de 5 de junio, del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, la cual dotó de validez jurídica la edición digital del Diario Oficial.

Esta regulación confluye en la línea que se ha iniciado en los últimos años, en los que la denominada administración electrónica ha experimentado un avance al que no ha permanecido ajena la actividad de la entidad gestora del DOGC. Una buena muestra de ello la constituye, por ejemplo, la Ley 29/2010, de 3 de agosto, del uso de medios electrónicos en el sector público de Cataluña, que desplegó las bases establecidas por la Ley estatal 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, con la finalidad de avanzar en el reconocimiento del uso de medios electrónicos en el contexto de la relación entre el sector público catalán y la ciudadanía.

Asimismo, en el ámbito concreto de la Administración de la Generalidad de Cataluña también es de aplicación el Decreto 56/2009, de 7 de abril, para el impulso y el desarrollo de los medios electrónicos en la Administración de la Generalidad. Esta norma tiene como una de sus finalidades que el hecho de que la Administración de la Generalidad de Cataluña y los entes que la integran utilicen de forma intensiva los medios electrónicos contribuya favorablemente al desarrollo de la sociedad de la información en Cataluña por parte...

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