ORDEN CMC/395/2010, de 15 de julio, de modificación de la Orden CMC/559/2008, de 18 de diciembre, del distintivo de Agente TDT.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Rango de LeyOrden

ORDEN

CMC/395/2010, de 15 de julio, de modificación de la Orden CMC/559/2008, de 18 de diciembre, del distintivo de Agente TDT.

La Orden CMC/559/2008, de 18 de diciembre, creó el distintivo de Agente TDT, que acredita a las empresas instaladoras que colaboran con la Generalidad en el despliegue de la Televisión Digital Terrestre.

Conforme al artículo 8.1 de dicha Orden, los distintivos de Agente TDT son válidos desde el día del otorgamiento hasta el 31 de diciembre de 2010. Este plazo de vigencia se estableció para acomodarlo a las previsiones del Plan técnico nacional de la Televisión Digital Terrestre, aprobado por el Real decreto 944/2005, de 29 de julio, cuya disposición adicional primera dispone que las emisiones de televisión terrestre con tecnología analógica de cobertura estatal o autonómica debían cesar el 3 de abril de 2010.

Asimismo, y coincidiendo con el cese de las emisiones con tecnología analógica, ha entrado en vigor el Real decreto 365/2010, de 26 de marzo, por el que se regula la asignación de los múltiples de la Televisión Digital Terrestre después del cese de las emisiones de televisión terrestre con tecnología analógica, el cual reorganiza las frecuencias de emisión de la TDT. Conforme al artículo 1 de dicho Real decreto, el acceso al múltiple digital definitivo se tiene que producir, en todo caso, antes del 1 de enero de 2015.

Esta reorganización comporta efectuar una intervención en las antenas receptoras, para garantizar el correcto visionado de las emisiones de nueva creación o de nueva frecuencia.

Por las razones expuestas, y vistos los buenos resultados de la implantación del distintivo...

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