DECRETO 283/2004, de 11 de mayo, por el que se modifica la composición del Consejo Asesor de Sanidad.

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyDecreto

DECRETO

283/2004, de 11 de mayo, por el que se modifica la composición del Consejo Asesor de Sanidad.

Mediante el Decreto 261/2000, de 31 de julio, se creó el Consejo Asesor de Sanidad (DOGC núm. 3200, de 8.8.2000), como órgano de asesoramiento del Departamento de Sanidad y Seguridad Social, directamente dependiente de la persona titular de este Departamento.

La necesidad de profundizar en los nuevos retos planteados por la Administración sanitaria aconseja la ampliación de su composición con el fin de dar entrada al suficiente número de profesionales en los distintos terrenos que afectan la sanidad.

En consecuencia, de acuerdo con lo que disponen los artículos 22 y 62 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, a propuesta de la consejera de Sanidad y Seguridad Social y con la deliberación previa del Gobierno,

Decreto:

Artículo único

Se modifica el artículo 3 del Decreto 261/2000, de 31 de julio, por el que se crea el Consejo Asesor de Sanidad, que queda redactado del siguiente modo:

"Artículo 3

"3.1 El Consejo Asesor de Sanidad se compone de las siguientes personas miembros, todas ellas nombradas por la persona titular del Departamento de Sanidad y Seguridad Social:

"a) Un presidente o presidenta.

"b) Vocales en un número entre 10 y 15.

"c) Un secretario o secretaria, que actuará con voz y voto.

"3.2 Todas las personas miembros del Consejo son nombradas de entre profesionales de reconocido prestigio en el campo de la sanidad, la medicina, las ciencias de la salud y las ciencias sociales, jurídicas y económicas.

"3.3 Las personas miembros del Consejo se nombran por un período de tres años; no obstante, este...

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