ORDEN ENS/155/2013, de 2 de julio, por la que se autoriza la prórroga del mandato de la dirección de determinados servicios educativos del Departamento de Enseñanza para el curso 2013-2014.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA |
Rango de Ley | Orden |
El Decreto 155/1994, de 28 de junio, por el que se regulan los servicios educativos, prevé que el Departamento de Enseñanza nombrará a un director o directora para cada servicio educativo por un periodo de cuatro años, que podrá ser prorrogado.
La Orden de 5 de mayo de 1998 establece el procedimiento de nombramiento y cese de directores y directoras de los servicios educativos. El artículo 3.3 dispone que los directores y directoras de los servicios educativos serán nombrados por los directores o directoras de los servicios territoriales correspondientes.
Teniendo en cuenta el proceso de reestructuración y reorganización de los servicios educativos emprendido por el Departamento de Enseñanza, con el fin de dotarlos de una visión conjunta y estratégica adaptada al contexto educativo, económico y social actual, se considera necesaria la prórroga del nombramiento de los directores o directoras que finalizan el mandato a 31 de agosto de 2013 hasta el final del curso 2013-2014, de forma que los nuevos nombramientos que en aquel momento se tengan que llevar a cabo se adapten a la nueva estructura resultante.
En consecuencia, con la finalidad de asegurar la normalidad del inicio del curso 2013-2014 y a propuesta de las direcciones generales de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y de Profesorado y Personal de Centros Públicos,
Ordeno:
Se autoriza a los directores y directoras de los servicios territoriales y al gerente del Consorcio de Educación de Barcelona a prorrogar de forma excepcional el nombramiento de los directores y directoras de los servicios educativos cuyo mandato finaliza el 31 de agosto de 2013 hasta el 31 de agosto de 2014, previa conformidad de la persona interesada.
En el supuesto de que no sea posible la prórroga del mandato, el director o directora de los servicios territoriales o el gerente del Consorcio de Educación de Barcelona hará un nuevo nombramiento por el mismo periodo previsto en el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 6 de la Orden de 5 de mayo de 1998.
Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo...
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