ORDEN ARP/275/2002, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la instalación de centros de limpieza y desinfección de vehículos destinados al transporte de ganado, y se convocan las correspondientes al año 2002.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ARP/275/2002, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la instalación de centros de limpieza y desinfección de vehículos destinados al transporte de ganado, y se convocan las correspondientes al año 2002.

La prevención y la lucha contra las enfermedades infecciosas del ganado ha sido y es un motivo de preocupación de la sociedad en general y muy especialmente de los profesionales y de la Administración. Una medida eficaz para la lucha y la prevención de estas enfermedades es la desinfección de los vehículos de transporte de animales.

La Ley 18/2001, de 31 de diciembre, de orientación agraria, recoge unas líneas de actuación con la finalidad de conseguir objetivos diversos dentro del ámbito de la producción y la sanidad ganaderas. A tal efecto deben tenerse especialmente en cuenta las actuaciones relacionadas con el movimiento pecuario, la coordinación de las medidas y las funciones de inspección y control, y la colaboración necesaria de las autoridades, dentro del ámbito del territorio catalán, estatal o comunitario, en esta materia.

La Orden de 2 de agosto de 2001, por la que se establecen las normas para la inscripción en el Registro oficial de establecimientos y servicios plaguicidas, de los centros de limpieza y desinfección de vehículos destinados al transporte de ganado, y se regula su funcionamiento (DOGC núm. 3464, de 31.8.2001), trata la desinfección de los vehículos de transporte de animales como una medida eficaz para la prevención y la lucha contra las enfermedades infecciosas del ganado.

Con el fin de facilitar el cumplimiento de la citada Orden y de promover la instalación de estos centros de limpieza y desinfección, se crea esta nueva línea de ayuda con la finalidad, no sólo de potenciar la iniciativa privada, sino también de dotar al sector de unos centros que cumplan todos los requisitos exigidos y que cubran las necesidades de todo el territorio.

De acuerdo con lo que establece el capítulo 9 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 9/1994, de 13 de julio, y en uso de las facultades que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas para la instalación de centros de limpieza y desinfección de vehículos destinados al transporte de ganado, que se publican en el anexo de esta Orden.

Artículo 2

2.1 Convocar las ayudas destinadas a la instalación de centros de limpieza y desinfección de vehículos destinados al transporte de ganado, correspondientes al año 2002, de acuerdo con las bases reguladoras que se aprueban en el artículo 1 de esta Orden.

2.2 El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el DOGC.

2.3 Las actuaciones objeto de la subvención deben realizarse dentro del año natural en el que se solicita la ayuda y deben justificarse como máximo a 31 de enero de 2003.

2.4 El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla por escrito al solicitante será de tres meses contado a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.5 La financiación de las ayudas que establece esta Orden irán a cargo de la partida presupuestaria D/781170600/7121 de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca, por un importe máximo de 180.305,05 euros.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 22 de julio...

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