RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2004, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de tres puestos singulares de la Agencia Catalana de Protección de Datos (convocatoria de provisión núm. PD/001/04).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

de 8 de junio de 2004, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de tres puestos singulares de la Agencia Catalana de Protección de Datos (convocatoria de provisión núm. PD/001/04).

De acuerdo con lo que prevén los artículos 9.1 y 10 de la Ley 5/2002, de 19 de abril, de la Agencia Catalana de Protección de Datos (DOGC núm. 3625, de 29.4.2002) y el artículo 9 del Decreto 48/2003, de 20 de febrero, por el cual se aprueba el Estatuto de la Agencia Catalana de Protección de Datos (DOGC núm. 3835, de 4.3.03)

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 2398, de 26.5.1997), y otras disposiciones complementarias;

Considerando que los puestos de trabajo objeto de la convocatoria están vacantes, disponen de la correspondiente dotación presupuestaria y constan en la vigente plantilla del personal aprobada por el Consejo Asesor de Protección de Datos de Cataluña órgano competente de la Agencia Catalana de Protección de Datos, para aprobarla y que su descripción se encuentra incluida en el manual de organización;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña y en uso de las competencias que me atribuye la normativa vigente,

Resuelvo:

Artículo 1

Convocar, por el sistema de libre designación, los puestos de jefe de la asesoría jurídica, jefe del Área de Registro de Protección de Datos y de secretario/a general que se detallan en el anexo 2, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Artículo 2

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer, potestativamente, y de acuerdo con lo que establecen el artículo 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, recurso de reposición ante el órgano convocante en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo, ante los juzgados contenciosos administrativos, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Barcelona, 8 de junio de 2004

José Javier Hernández i Moreno

Director

Anexo 1

Bases

.1 Puestos de trabajo

Se convocan, por el sistema de libre designación, los puestos de trabajo de jefe/a de la Asesoría Jurídica, jefe/a del Área del Registro de Protección de Datos y el de secretario/a general, dependientes del director de la Agencia Catalana de Protección de Datos, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de cada uno de los puestos de trabajo.

.2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo a proveer, es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de cada uno de los puestos de trabajo.

.3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario que cumpla los requisitos y condiciones que establece la normativa vigente, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede encontrarse, respecto de la Administración de la Generalidad, en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa.

3.1.2 También podrá participar el personal funcionario, no integrado, que presta servicios en la Administración de la Generalidad, que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en el que está clasificado el puesto objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y condiciones exigidos en la relación de puestos de trabajo.

Así mismo, podrán participar los funcionarios que pertenezcan a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en el que está clasificado el puesto convocado, a los que no se exigió la titulación citada en el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 En ningún caso podrán tomar parte los funcionarios que se encuentren en suspensión de ocupación, los trasladados de puestos de trabajo como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes.

3.1.4 Tampoco podrán participar los funcionarios en situación diferente de servicio activo que no hayan permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.

3.2 Los funcionarios con discapacidades podrán participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Así mismo, para poder participar en esta convocatoria, se deben poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Secretaria de Política Lingüística , o equivalente, del nivel que se cita en el apartado 3 del anexo 2.

En el caso de que los aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, se evaluarán, mediante prueba de nivel, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer.

En este último caso, transcurridos 10 días a partir de la finalización del plazo de...

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