RESOLUCIÓN CMC/3725/2009, de 11 de diciembre, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de cinco puestos de trabajo, del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (convocatoria de provisión núm. CU/005/09).

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

CMC/3725/2009, de 11 de diciembre, de convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de cinco puestos de trabajo, del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (convocatoria de provisión núm. CU/005/09).

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y otras disposiciones complementarias;

Dado que están vacantes los puestos de trabajo objeto de la convocatoria y vista la propuesta del titular del órgano directivo correspondiente para su provisión;

Dada la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalidad y la descripción de los puestos de trabajo a proveer, incluida en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada de este Departamento ha realizado el correspondiente trámite de intervención;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

Resuelvo:

Convocar, por el sistema de libre designación, la provisión de cinco puestos de trabajo del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (convocatoria de provisión núm. CU/005/09), que se detalla en el anexo 2, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC ante el juzgado de lo contencioso administrativo competente, de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 11 de diciembre de 2009

Joan Manuel Tresserras i Gaju

Consejero de Cultura y Medios de Comunicación

Anexo 1

Bases

.1 Puesto de trabajo

Se hace pública la convocatoria para proveer, por el sistema de libre designación, cinco puestos de trabajo del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 de esta convocatoria.

.2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo a proveer, de acuerdo con la descripción incluida en el manual de organización del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación, es el que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

.3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede estar, respecto de la Administración de la Generalidad, en cualquiera de las situaciones administrativas previstas en la normativa.

3.1.2 También podrá participar el personal funcionario, no integrado, que presta servicios en la Administración de la Generalidad, que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación donde están clasificados los puestos objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidas en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, podrá participar el personal funcionario que pertenezca a cuerpos, escalas o plazas de los grupos de titulación donde están clasificados los puestos convocados, a los que no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 En ningún caso podrá participar el personal funcionario que se encuentre en suspensión de empleo ni el trasladado del puesto de trabajo como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes.

3.1.4 Tampoco podrán tomar parte el personal funcionario en situación diferente de servicio activo que no haya permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar al servicio activo.

3.2 El personal funcionario con discapacidades podrá participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria, es necesario poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Secretaría de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2.

En el caso de que las personas aspirantes no tengan el certificado acreditativo correspondiente, se evaluarán, mediante una prueba oral y escrita, estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer.

En este último caso, transcurridos 10 días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en los tablones de anuncios del Departamento en las direcciones citadas en la base 4.1 de esta convocatoria el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

No obstante lo anterior, quedan exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana, las personas aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalidad en la que hubiere establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior exigido en la convocatoria.

En estos casos, se deberá presentar, adjunta a la solicitud de participación, la correspondiente acreditación documental.

3.4 Los requisitos de participación se deben reunir en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

.4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para tomar parte en este concurso se deben presentar en el Registro general del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Rambla de Santa Mònica, 8, 08002 Barcelona), en los servicios territoriales de Cultura y Medios de Comunicación (c. de Muntaner, 221, 08036 Barcelona; c. dels Ciutadans, 18, 17004 Girona; Rambla d'Aragó, 8, 25002 Lleida; c. Major, 14, 43003 Tarragona, c. Santa Anna, 5, 2ª planta, 43500 Tortosa, y Plaça Major, 37 3ª planta, 08500 Vic ), o por cualquiera de los medios que autoriza el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en la redacción de la Ley 4/1999, de 13 de enero, dentro del plazo de 15 días hábiles computados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución de convocatoria en el DOGC.

4.2 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para el personal que concursa y no se admitirán renuncias a la participación al concurso una vez hayan pasado diez días hábiles desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

4.3 La solicitud se debe formalizar según el modelo que figura como anexo de la Resolución de 4 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2546, de 29.12.1997).

Igualmente, se puede obtener en la siguiente dirección de Internet: http://www.gencat.cat/governacio-ap/administracio/imande.ht m

El personal aspirante ha de presentar, adjunta a la solicitud de participación, la correspondiente declaración y acreditación de datos profesionales que tengan relación con el puesto de trabajo a proveer, así como un certificado, emitido por el órgano competente en materia de personal, acreditativo de los requisitos de participación.

4.4 Las personas aspirantes a que hace referencia la base 3.2 han de presentar, adjunto a la solicitud, un informe emitido por el equipo oficial de valoración de disminuciones del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS), para que se pueda evaluar que el funcionario o la funcionaria puede desarrollar de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo podrán pedir la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible con el contenido del puesto y el servicio público a prestar.

.5 Criterios profesionales

5.1 Se tendrá en cuenta la experiencia profesional, la capacidad y la idoneidad de los candidatos o candidatas para ocupar el puesto convocado, de acuerdo con la descripción de los puestos de trabajo a proveer que constan en el anexo 2 de esta convocatoria.

5.2 Los datos profesionales de los participantes se tienen que referir a la fecha de publicación de esta convocatoria en el DOGC.

.6 Propuesta de resolución

La propuesta de resolución recaerá, si procede, en el candidato o candidata que se considere más adecuado, según el informe preceptivo y previo de la persona titular de la unidad directiva correspondiente donde esté adscrito el puesto convocado, la cual tendrá que tener en cuenta la idoneidad del candidato o candidata a las funciones y las tareas a ejercer.

.7 Sistemas de...

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