ORDEN AAM/239/2013, de 7 de octubre, por la que se modifican las bases reguladoras de las ayudas para la cesión de leche y determinados productos lácteos al alumnado de centros escolares aprobadas por la Orden AAM/190/2011, de 26 de julio, y se convocan las correspondientes al curso escolar 2013-2014.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyOrden

El Reglamento (CE) 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas, contempla la necesidad de mantener los instrumentos por los que la Unión Europea pueda sufragar los gastos derivados del suministro de leche y productos lácteos al alumnado de centros escolares con el fin de estimular su consumo entre los jóvenes.

El Reglamento (CE) 657/2008 de la Comisión, de 10 de julio, establece disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1234/2007 del Consejo en lo relativo a la concesión de una ayuda comunitaria para el suministro de leche y determinados productos lácteos al alumnado de los centros escolares.

Consecuentemente, valorada la conveniencia de promover el consumo saludable de lácteos entre los jóvenes mediante una ayuda económica que subvencione el precio de la leche y los productos lácteos suministrados al alumnado de centros escolares, a propuesta de la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

1.1 Convocar las ayudas destinadas al suministro de leche y determinados productos lácteos al alumnado de centros escolares durante el curso escolar 2013-2014, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en el anexo 1 de la Orden AAM/190/2011, de 26 de julio (DOGC núm. 5938, de 9.8.2011), con las modificaciones efectuadas en el artículo 2 de esta Orden, los anexos 2, 3 y 4 de la mencionada Orden AAM/190/2011, y de acuerdo con los precios máximos de cada producto para el curso escolar 2013-2014 que se publican en el anexo de la presente disposición.

1.2 El plazo máximo para la presentación de las solicitudes será el último día del tercer mes siguiente al último mes de suministro del periodo objeto de la solicitud.

1.3 Las ayudas de esta Orden irán a cargo del presupuesto del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).

1.4 El órgano instructor de los expedientes de ayuda es el Servicio de Regulación de Mercados Agroalimentarios.

1.5 El órgano competente para emitir la resolución es el director o la directora general de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias.

1.6 El plazo máximo para emitir la resolución y notificarla por escrito a la persona solicitante será de tres meses, a contar desde la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. En caso de falta de resolución expresa la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo.

1.7 Contra la resolución del director o la directora general de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el consejero o consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural, en el plazo de un mes a...

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