ORDEN EMO/313/2012, de 9 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la formación y contratación de personas en situación de desempleo de larga duración que hayan agotado la prestación por desempleo y/o el subsidio y se abre la convocatoria para el año 2012 y la convocatoria anticipada para el 2013.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

La actual crisis económica que sufre Cataluña y el resto de Europa ha tenido un grave efecto en la destrucción de ocupación, que con respecto a nuestro país ha tenido una mayor incidencia en determinados sectores generadores de una ocupación intensiva y muy a menudo poco cualificada.

Esta circunstancia ha provocado la incorporación al desempleo de un importante porcentaje de personas con baja cualificación profesional o que, debido a haber estado en empresas o sectores en declive, necesitan participar en procesos de reciclaje profesional con el fin de reorientar sus expectativas laborales.

La prolongada duración de la crisis y el bajo crecimiento de la actividad económica, a menudo incluso crecimiento negativo, hace que el tejido productivo no genere nuevos puestos de trabajo, no únicamente con carácter estable sino que también se produce actualmente una importante reducción de la contratación temporal. Debido a esto, el proceso de rotación, entradas y salidas del mercado laboral, ha disminuido radicalmente, produciendo un elevado incremento del tiempo de estancia de las personas en situación de desempleo, con el riesgo de convertirse en un desempleo estructural.

Esta situación de desempleo de larga duración produce muy a menudo procesos de desmotivación personal, falta de autoestima e incluso riesgo de exclusión social a las personas que lo sufren, reduciendo de manera muy importante sus posibilidades de inserción laboral. Esta problemática personal se ve frecuentemente agravada con el agotamiento de las prestaciones o los subsidios de los que disfrutaba la persona desempleada, incorporando el padecimiento de una falta progresiva de recursos económicos mínimos para subsistir.

Nos encontramos por lo tanto con un importante colectivo de personas desempleadas en relación con las que a la problemática ocupacional de disponer de un bajo nivel de cualificación o estar necesitadas de acciones de reciclaje profesional se añaden parámetros personales de desmotivación, falta de autoestima o falta de recursos económicos, todo eso derivado de su larga permanencia en la situación de desempleo.

La situación de este colectivo requiere una actuación decidida por parte de los servicios públicos de ocupación con el fin de proporcionarles una cualificación y unas competencias profesionales suficientes que les permitan insertarse al mercado laboral, y al mismo tiempo facilitar su incorporación a los circuitos ocupacionales y a la búsqueda activa de empleo indispensable con el fin de poder interactuar en el complejo mercado de trabajo actual.

Es en este sentido que el Servicio de Empleo de Cataluña, en la línea de programas anteriores como Suma’t, con un elevado índice de inserción, propone la puesta en marcha de un nuevo programa de formación en alternancia con el empleo dirigido a personas desempleadas de larga duración no perceptoras de prestaciones y/o de subsidio que combina acciones de orientación, tutorización y seguimiento individualizado, formación y adquisición de experiencia profesional en empresas y que facilita su inserción laboral en las empresas y fomenta su retorno a los sistemas ocupacionales y de intermediación laboral.

El Servicio de Empleo de Cataluña considera del todo necesario continuar destinando recursos ocupacionales al desarrollo de programas específicos dirigidos a los colectivos de personas desempleadas que presentan especiales dificultades en su inserción laboral y que, mediante los mismos, permitan un tratamiento individualizado de la persona y habilitar los diferentes mecanismos ocupacionales, orientación, formación, experiencia laboral y apoyo individual a la inserción, creando un verdadero itinerario ocupacional e integral para los/las participantes.

El programa que se desarrolla en esta Orden se articula en dos fases, una de formación profesionalizadora que se iniciará en el ejercicio 2012 y una posterior, una vez finalizado el periodo formativo con aprovechamiento, que se iniciará en el ejercicio 2013 con la contratación laboral de los/las participantes por parte de las empresas o entidades sin afán de lucro, y que es objeto de convocatoria anticipada en la Orden para el ejercicio 2013.

Vista la Ley 17/2002, de 5 de julio, de ordenación del sistema de empleo y de creación del Servicio de Empleo de Cataluña;

Visto el Decreto 160/2006, de 16 de mayo, de reestructuración del Servicio de Empleo de Cataluña (DOGC núm. 4636, de 18.5.2006);

Visto lo que disponen el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 (BOE núm. 176, de 25.7.2006), y el resto de normativa aplicable;

Vista la Ley 1/2012, de 22 de febrero, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2012 (DOGC núm. 6075, de 27.2.2012);

Visto el Reglamento (CE) núm. 1081/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006, relativo al Fondo Social Europeo (DOUE L210, de 31.7.2006), parcialmente modificado por el Reglamento (CE) núm. 396/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 6 de mayo de 2009;

Visto el Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo del 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al FEDER, FSE y en el Fondo de Cohesión (DOUE L210 de 31/07/2006), modificado por el Reglamento (UE) núm. 539/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio (DOUE L 158, de 24.6.2010), por el Reglamento (UE) núm. 1310/2011, de 13 de diciembre (DOUE L 337, de 20.12.2011), y por el Reglamento (UE) núm. 1311/2011, de 13 de diciembre (DOUE L 337, de 20.12.2011);

Visto el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo (DOUE L 371/1, de 27.12.2006), modificado por el Reglamento (CE) núm. 846/2009, de 1 de septiembre de 2009 (DOUE L 250, de 23.9.2009), por el Reglamento (CE) núm. 832/2010, de 27 de septiembre (DOUE L 248, de 24.9.2010), y por el Reglamento (CE) núm 1236/2011, de 29 de noviembre de 2011 (DOUE L 317, de 30.11.2011);

Visto el Reglamento (CE) núm. 846/2009 de la Comisión, de 1 de septiembre de 2009, que modifica el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión (DOUE L 250/1, de 23.9.2009);

Vista la Orden TIN/2965/2008, de 14 de octubre, por la que se determinan los gastos subvencionables por el Fondo Social Europeo durante el periodo de programación de 2007-2013, modificada por la Orden TIN/788/2009, de 25 de marzo;

Vista la Orden TRE/395/2008, de 1 de agosto, por la que se establece el régimen de justificación económica de las subvenciones previstas en los programas de políticas activas de empleo que gestiona el Servicio de Empleo de Cataluña (DOGC núm. 5197, de 19.8.2008), modificada por la Orden TRE/260/2009, de 15 de mayo (DOGC núm. 5386, de 25.5.2009);

Vista la Orden TRE/349/2008, de 9 de julio, por la que se regula el régimen de ayudas y becas a las personas trabajadoras desocupadas y empresas establecido en materia de formación de oferta (DOGC núm. 5179, de 18.7.2009), modificada por la Orden TRE/396/2009, de 2 de septiembre (DOGC núm. 5463, de 14.9.2009);

Vista la Orden ESS/2044/2012, de 24 de septiembre, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico 2012, para su gestión por parte de las comunidades autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral a cargo de los presupuestos generales del Estado;

Visto el Reglamento (CE) núm. 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 (con la nueva numeración 107 y 108, respectivamente) del Tratado CE a las ayudas de minimis;

Vistos los preceptos legales mencionados, a propuesta del Servicio de Empleo de Cataluña, con informe previo del Área Jurídica de la Secretaría de Empleo y Relaciones Laborales, de la Intervención Delegada del Departamento de Empresa y Empleo, escuchado el Consejo de Dirección del Servicio de Empleo de Cataluña y de conformidad con lo que dispone el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 1234, de 22.12.1989), en uso de las facultades que me son atribuidas,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

1.1 Establecer las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para la realización de proyectos que desarrollen acciones ocupacionales integradas para la formación y contratación de personas en situación de desempleo de larga duración que hayan agotado la prestación por desempleo y/o el subsidio con el objetivo de favorecer la inserción laboral y mejorar la ocupabilidad.

1.2 Abrir la convocatoria para el año 2012 y abrir la convocatoria anticipada para el año 2013 para las actuaciones establecidas en el artículo 8 de acuerdo con la distribución siguiente:

  1. Para el ejercicio 2012: las actuaciones establecidas en el artículo 8.1, letras a, b y c.

  2. Para el ejercicio 2013: las actuaciones establecidas en el artículo 8.1, letra d.

Título 1 Artículos 2 a 38

Bases reguladoras

Artículo 2

Definición del programa

Es un programa innovador de apoyo a la experiencia práctica de las personas en situación de desempleo de larga duración que combina acciones de orientación, tutorización y seguimiento individualizado, formación y adquisición de experiencia profesional en empresas o entidades sin afán de lucro y que facilita su inserción laboral a las empresas o entidades sin afán de lucro y fomenta su retorno al sistema productivo.

Artículo 3

Personas destinatarias del programa

3.1 Son destinatarias de este programa las personas en situación de desempleo de larga duración que hayan agotado la...

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