ORDEN INT/169/2004, de 18 de mayo, por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones previsto en la Orden JUI/21/2003, de 21 de enero, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales para dotaciones e inversiones en infraestructuras destinadas a parques de bomberos voluntarios, y se...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

INT/169/2004, de 18 de mayo, por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones previsto en la Orden JUI/21/2003, de 21 de enero, por la que se abre convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales para dotaciones e inversiones en infraestructuras destinadas a parques de bomberos voluntarios, y se aprueban sus bases.

Mediante la Orden JUI/21/2003, de 21 de enero, de la consejera de Justicia e Interior, se abrió convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a entes locales para dotaciones e inversiones en infraestructuras destinadas a parques de bomberos voluntarios.

La base 8 de la mencionada convocatoria dispuso que los beneficiarios de la subvención tienen que presentar la documentación justificativa de los gastos efectuados en la Dirección General de Emergencias y Seguridad Civil en el plazo de un año desde el día siguiente de la fecha de publicación de la resolución de concesión, la cual se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 3893, de 28.5.2003.

Dado que las actuaciones objeto de estas subvenciones requieren de un plazo de ejecución más amplio, se hace necesario ampliar el plazo de justificación de los gastos efectuados por los beneficiarios de las subvenciones concedidas mediante la Resolución JUI/1556/2003, de 19 de mayo;

Por todo eso, y de acuerdo con el Capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña,

Ordeno:

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