DECRETO 240/2004, de 30 de marzo, de aprobación del catálogo de juegos y apuestas autorizados en Cataluña y de los criterios aplicables a su planificación.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

240/2004, de 30 de marzo, de aprobación del catálogo de juegos y apuestas autorizados en Cataluña y de los criterios aplicables a su planificación.

El artículo 3 de la Ley 15/1984, de 20 de marzo, del juego, establece que la aprobación del catálogo de juegos y apuestas corresponde al Gobierno. Mediante el Decreto 325/1985, de 28 de noviembre, se aprobó el primer catálogo de juegos y apuestas autorizados en Cataluña, en desarrollo del mencionado artículo 3. La aprobación de disposiciones reglamentarias posteriores ha motivado una serie de modificaciones de esta norma, que han afectado a la mayor parte de su parte dispositiva.

Así, el contenido del artículo 1 del Decreto 325/1985, fue ampliado por el catálogo de juegos y apuestas que pueden practicarse exclusivamente en los casinos de juego, aprobado mediante Decreto 386/2000, de 5 de diciembre, el cual derogó igualmente el artículo 2.

Finalmente, el artículo 4 del Decreto 325/1985, relativo a máquinas recreativas, fue derogado por el Decreto 316/1992, de 28 de diciembre, por el que se aprobó el Reglamento de máquinas recreativas y de azar.

Por otra parte, el artículo 4 de la Ley 15/1984, de 20 de marzo, del juego, también atribuye al Gobierno la planificación de los juegos y de las apuestas. Por el Decreto 324/1985, de 28 de noviembre, se estableció la planificación del juego, en desarrollo del mencionado artículo 4. No obstante, hay que tener en cuenta que la aprobación de normas planificadoras, contenidas en reglamentaciones específicas posteriores, ha comportado igualmente una serie de modificaciones que han afectado de una manera importante al contenido de esta disposición reglamentaria.

Así, el artículo 3.b) del Decreto 324/1985 que establecía limitaciones del número de máquinas del tipo B destinadas a bares y bares restaurante, fue tácitamente derogado por el Decreto 316/1992, de 28 de diciembre, de aprobación del Reglamento de máquinas recreativas y de azar. Esta misma norma implicó la derogación expresa de los artículos 4 y 5.

Posteriormente, el Decreto 66/1995, de 7 de marzo, por el que se modifica la planificación del juego en Cataluña y se limita el número de máquinas del tipo B instaladas en bares y bares restaurante, volvió a limitar el número de este tipo de máquinas para estos establecimientos, limitación que mantuvo posteriormente el Reglamento de máquinas recreativas y de azar aprobado por el Decreto 28/1997, de 21 de enero.

Igualmente el Reglamento del juego de la plena o bingo, aprobado por el Decreto 147/2000, de 11 de abril, modificó el artículo 1 del Decreto 324/1985, variando el número de salas autorizadas, fijando una distancia mínima para nuevas autorizaciones y traslados, y limitando la posibilidad de concesión de nuevas autorizaciones y ampliaciones que superen las 600 plazas de aforo.

Dadas las modificaciones producidas en las normativas reguladoras del catálogo de juegos y apuestas y de la planificación del juego en Cataluña se considera necesario aprobar una nueva disposición normativa que integre de forma unitaria el contenido vigente de ambos textos legales.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que la especificidad propia de cada uno de los juegos regulados en el catálogo ha hecho necesaria una regulación normativa exhaustiva que concreta las diferentes modalidades y denominaciones y los elementos y reglas esenciales para practicarlos, así como una regulación detallada de los requisitos de concesión de las autorizaciones y su localización territorial, entre otros.

Asimismo la evolución de nuevas tecnologías y la proliferación de actividades relacionadas con el juego a través de medios informáticos y sistemas telemáticos, hace conveniente la actualización de la normativa, en el sentido de admitir la posibilidad de utilizar estos medios para la realización de los juegos y las apuestas comprendidos en el catálogo. En este sentido el Parlamento de Cataluña, a través de la Resolución 991/VI, de 25 de octubre de 2001, ha instado al Gobierno de la Generalidad a adoptar las medidas necesarias para ajustar la normativa vigente en materia de juego, en particular la de los casinos, a la realidad derivada del uso de las nuevas tecnologías en los juegos propios de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR