ORDEN PRE/224/2013, de 25 de septiembre, por la que se aprueban las bases generales reguladoras del procedimiento para la concesión y renovación de ayudas para la contratación de personal investigador novel, dentro del ámbito de la educación física y el deporte y las ciencias aplicadas al deporte, destinadas al INEFC.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyOrden

El Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC), tiene establecida, desde el año 2006, una línea de ayudas para la formación de personal investigador en el ámbito de la educación física y el deporte y las ciencias aplicadas al deporte.

Dado que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, establece el marco para el fomento de la investigación científica y técnica con el objeto fundamental de promover la investigación, el desarrollo experimental y la innovación como elementos sobre los que tiene que basarse el desarrollo sostenible y el bienestar social;

Dado que dicha Ley dispone de un título específico destinado a los recursos humanos dedicados a la investigación y una sección dedicada a la contratación del personal investigador de carácter laboral, donde regula el contrato para el personal investigador predoctoral en formación;

Dadas las competencias que en materia de investigación prevé la Ley 11/1984, de 5 de marzo, de creación del organismo autónomo Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña;

A la vista de lo que establecen el capítulo 9 del Texto refundido de la ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

En uso de las atribuciones que me confiere la normativa vigente,

Ordeno:

Artículo único

Esta Orden tiene por objeto aprobar las bases generales reguladoras del procedimiento para la concesión y renovación de ayudas para la contratación de personal investigador novel, como personal investigador predoctoral en formación dentro del ámbito de la educación física y el deporte y las ciencias aplicadas al deporte, destinadas al INEFC, que figuran en el anexo de esta Orden.

Las contrataciones mediante las que se formalizan las ayudas concedidas o renovadas se relacionan con el ámbito de la actividad física y deporte y las ciencias aplicadas al deporte.

Disposición transitoria

Las situaciones jurídicas de contrato, de vigencia anual, creadas al amparo de la convocatoria efectuada por la Resolución PRE/2730/2012, de 4 de diciembre, por la que se abre convocatoria para la concesión y renovación de becas para la formación y contratación de personal investigador novel dentro del ámbito de la educación física y el deporte y las ciencias aplicadas al deporte, destinadas al INEFC para el año 2013, continuarán rigiéndose, hasta su finalización, por las bases generales y específicas vigentes al publicarse dicha convocatoria.

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden PRE/361/2012, de 8 de noviembre, por la que se aprueban las bases generales reguladoras del procedimiento para la concesión y renovación de becas para la contratación de personal investigador novel, dentro del ámbito de la educación física y el deporte y las ciencias aplicadas al deporte, destinadas al INEFC (DOGC núm. 6255, de 16.11.2012).

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 25 de septiembre de 2013

Francesc Homs i Molist

Consejero de la Presidencia

Anexo

Bases generales reguladoras

—1 Objeto

Las ayudas para la contratación de personal investigador novel, dentro del ámbito de la educación física y el deporte y las ciencias aplicadas al deporte, destinadas a los dos centros del INEFC reguladas por estas bases, tienen por objeto fomentar y promocionar la investigación científica en estos ámbitos.

—2 Periodo de ejecución de las actividades y estructura

Este programa tiene una duración máxima de tres años.

Al final de cada año, las personas beneficiarias deben presentar una memoria del trabajo desarrollado, y los objetivos y el plan de trabajo para el año siguiente. La renovación de las ayudas para el año siguiente está condicionada a la valoración positiva de las memorias, de acuerdo con los criterios establecidos en la convocatoria correspondiente, y a la disponibilidad presupuestaria.

La lectura de la tesis conlleva la finalización del contrato el último día del mes en el que se lee y la finalización del programa.

El INEFC contratará a las personas beneficiarias de acuerdo con lo que prevé el artículo 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la ciencia, la tecnología y la innovación, bajo la modalidad de contrato predoctoral. La duración del contrato será de un año y se podrá prorrogar anualmente, con el informe favorable previo de la comisión académica del programa de doctorado, o si procede, de la escuela de doctorado, hasta un máximo de 3 años, siempre que se cumplan los requisitos previstos en estas bases y en la correspondiente convocatoria.

Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogida, riesgo durante la lactancia, paternidad o fuerza mayor suspenderán el cómputo de la duración del contrato. En estos casos, las personas candidatas podrán solicitar, en el plazo máximo de 2 meses antes de la finalización del contrato, la recuperación del periodo de suspensión.

—3 Personas beneficiarias

3.1 Podrán presentar solicitud a las ayudas reguladas por estas bases las personas físicas que cumplan los requisitos siguientes:

  1. Integrarse en alguno de los proyectos de investigación evaluados de manera positiva por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR), que se publicarán en los tablones de anuncios del INEFC (centros de Barcelona y de Lleida), antes de iniciarse el plazo de presentación de las solicitudes de la correspondiente convocatoria.

  2. Encontrarse en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 6 del Real decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, con las singularidades siguientes:

    Los estudios de máster o equivalente tienen que haber finalizado después del 1 de enero del quinto año anterior al año de la convocatoria.

    En el caso de los estudios de grado de una duración mínima de 300 ECTS, las personas solicitantes deben estar en posesión del título de grado en el momento de presentar la solicitud.

    También las pueden solicitar las personas físicas en posesión del título de licenciado, ingeniería o arquitectura superior que hayan obtenido la suficiencia investigadora (DEA) después del uno de enero de los dos años anteriores a la convocatoria.

    Los títulos de licenciatura, ingeniería, arquitectura, grado, diplomatura y máster obtenidos en centros extranjeros tienen que ser validados o reconocidos. A estos efectos, se considerará que un título está reconocido cuando la persona solicitante acredite haber sido admitida en la fase de investigación de un doctorado.

    La persona solicitante no puede estar en posesión de ningún título de doctor.

  3. Estar matriculada por el concepto de tutela académica del doctorado en el momento de la aceptación de la ayuda. Los programas de doctorado tienen que ser de una universidad del sistema universitario catalán.

    3.2 Las personas solicitantes no pueden haber disfrutado de ninguna otra beca o ayuda de naturaleza análoga de una duración superior a doce meses cuando finalice el plazo de presentación de solicitudes.

    3.3 Quedan excluidas las personas candidatas que hayan disfrutado total o parcialmente de este programa en convocatorias anteriores.

    3.4 Las personas que se encarguen de dirigir el proyecto de tesis de las personas candidatas de este programa deben pertenecer al colectivo del profesorado del INEFC fijo o temporal acreditado.

    3.5 Cada solicitante sólo podrá presentar una solicitud.

    3.6 Cada director o directora de proyecto de tesis solo puede constar como tal en una solicitud.

    3.7 Las condiciones para la renovación de las ayudas se definirán en la misma convocatoria.

    —4 Entidad colaboradora

    La AGAUR actuará como entidad colaboradora en los procedimientos de selección y gestión de las ayudas objeto de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR