DECRETO 347/2004, de 20 de julio, de modificación de la Comisión Interdepartamental de Apoyo a la Familia y del Observatorio Catalán de la Familia.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

347/2004, de 20 de julio, de modificación de la Comisión Interdepartamental de Apoyo a la Familia y del Observatorio Catalán de la Familia.

Las familias, en el marco de la pluralidad de modelos y opciones que existen, siguen siendo una pieza clave en la sociedad catalana como canal de transmisión de valores y de atención y socialización de los niños.

Las nuevas realidades sociales ponen de manifiesto la transición desde un modelo de familia basado en la división del trabajo en el interior de la familia por razón del sexo y la asunción de funciones múltiples, a un modelo en el que los miembros intentan armonizar la vida familiar con sus aspiraciones profesionales e individuales.

Estas transformaciones sociales exigen un cambio en el enfoque de las políticas familiares que los poderes públicos deben promover y proteger. En esta línea, el artículo 16.3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada el 10 de diciembre de 1948, establece que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y que tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. Así mismo, la Constitución española de 1978, en el capítulo referente a los principios rectores de la política social y económica, establece, en su artículo 39, que los poderes públicos han de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia. La Unión Europea y el Consejo de Europa también han aprobado numerosas resoluciones y recomendaciones a favor de políticas de apoyo y atención a las familias. Finalmente, el artículo 8 del Estatuto de Autonomía de Cataluña establece que la Generalidad ha de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

Con el objetivo de coordinar las diversas actuaciones que deben realizarse en el ámbito de apoyo a las familias, mediante el Decreto 266/1993, de 28 de septiembre, se creó la Comisión Interdepartamental de Apoyo a la Familia.

Mediante el Decreto 105/1997, de 29 de abril, se creó el Consejo Asesor del Plan integral de apoyo a las familias como órgano asesor de participación externa que representase a las familias a través de las entidades representativas de sus intereses, y con las funciones de informar y asesorar a la Comisión Interdepartamental de Apoyo a la Familia.

Mediante el Decreto 169/1998, de 8 de julio, el Consejo Asesor del Plan integral de apoyo a las familias pasó a denominarse Observatorio Catalán de la Familia, manteniendo su composición y sus funciones.

Posteriormente, mediante el Decreto 93/2000, de 22 de febrero, se creó la Secretaría de la Familia, a la que se adscribieron tanto la Comisión Interdepartamental de Apoyo a la Familia como el Observatorio Catalán de la Familia.

El Decreto 187/2001, de 26 de junio, del Observatorio Catalán de la Familia, reguló en una única disposición dicho órgano consultivo y recogió el contenido de las modificaciones realizadas.

Las nuevas demandas sociales y la aparición en los últimos años de nuevos modelos de familia, así como la ampliación del ámbito de actuación de la Secretaría de la Familia, exigen proporcionar más agilidad y eficacia a la actividad de la Comisión y del Observatorio.

La reciente entrada en vigor de la Ley 18/2003, de 4 de julio, de apoyo a las familias, obliga a tener en cuenta las previsiones que dicha ley establece. Así, el artículo 46 de esta ley establece que el Gobierno ha de disponer de un órgano colegiado encargado de asegurar una coordinación adecuada de las actuaciones de los diferentes departamentos con competencias en materia de apoyo a la familia.

La creación de dicho órgano colegiado, cuyas funciones son perfectamente asumibles por la Comisión Interdepartamental de Apoyo a la Familia, hace necesaria la modificación de la comisión para adaptar su estructura y su funcionamiento a los objetivos establecidos por la Ley 18/2003 antes mencionada.

El propio artículo 46 reconoce al Observatorio Catalán de la Familia como órgano asesor y consultivo en materia de apoyo a las unidades...

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