ORDEN AAM/200/2011, de 2 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas y otras entidades asociativas agrarias.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAM/200/2011, de 2 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas y otras entidades asociativas agrarias.

Las directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario y forestal 2007-2013 (2006/C 319/01) se aplicarán a todas las ayudas estatales, otorgadas a actividades de producción, transformación y comercialización de productos agrícolas, teniendo en cuenta que la política común y sus métodos especiales de aplicación deben atender a las características específicas de las actividades agrarias derivadas de la estructura inherente a la propia agricultura y las disparidades estructurales y naturales entre las diferentes regiones, y que también se debe tener presente la necesidad de que cuando sea preciso llevar a cabo adecuaciones se haga de forma gradual por el hecho de que la actividad agraria constituye un sector íntimamente ligado a la economía en su conjunto.

El Reglamento (CE) núm. 1698/2005, del Consejo de 20 de septiembre de 2005, sobre la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), considera que es necesario tener en cuenta los objetivos generales en materia de cohesión económica y social establecidos en el Tratado y contribuir a su consecución con el fomento de la transformación y comercialización de productos agrarios, la introducción de nuevas tecnologías e innovaciones, la oferta de nuevas posibilidades de comercialización de productos agrarios poniendo énfasis en la calidad, la mejora de la protección al medio ambiente y la seguridad laboral, y centrarse, como norma general, en las pequeñas y medianas empresas, que son las más aptas para aportar valor añadido a los productos locales, ya que en un contexto de creciente competencia es importante velar para que los sectores agroalimentario y forestales puedan aprovechar oportunidades de los mercados mediante enfoques amplios e innovadores en la creación de productos, procesos y tecnologías.

La Decisión del Consejo 2006/144/CE, de 20 de febrero, sobre directrices estratégicas comunitarias de desarrollo rural (DOUE L núm. 55, de 25.2.2006), considera necesario actuar para alcanzar las prioridades de la comunidad, especialmente en relación con los objetivos de desarrollo sostenible, la estrategia reformada de crecimiento y de creación de ocupación.

Asimismo, la Ley 18/2002, de 5 de julio, de cooperativas, establece en los artículos 139, 140, 143, 145 y en la disposición adicional primera la importancia del movimiento cooperativo para el sector agrario y para el desarrollo rural, y la necesidad de adoptar medidas de fomento y apoyo a las cooperativas a fin de que puedan cumplir sus objetivos.

El Parlamento de Cataluña aprobó en la Resolución 35/VI medidas para impulsar la cooperación y la formación en el mundo agrario, que contiene la elaboración y la ejecución de un plan de apoyo y mejora del sector cooperativo, con la finalidad de reforzar la competitividad de las explotaciones agrarias catalanas. Más recientemente, la Resolución 671/VIII del Parlamento de Cataluña, de 14 de abril de 2010, sobre el mundo agrario, en el punto IV.2 El cooperativismo agrario catalán y sus retos, insta al Gobierno a orientar el Plan de modernización de las cooperativas agrarias catalanas hacia la producción de productos de calidad y hacia la transformación primera, y la comercialización de estos productos con el fin de mejorar y adecuar las estructuras de producción, los procesos y los circuitos comerciales y de distribución agroalimentarios (apartado a)); reforzar el cooperativismo como herramienta para alcanzar los objetivos de integración de los productores, fomentando la concentración de la oferta e impulsando la creación de organizaciones y asociaciones de productores (apartado c)); potenciar las ayudas y el asesoramiento técnico y empresarial para el fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas y otras entidades asociativas agrarias, para ganar dimensión y compartir sinergias en procesos técnicos, logísticos y de gestión (apartado g)); y concienciar y sensibilizar a los diferentes protagonistas de las cooperativas, como los consejos rectores, los directivos, los trabajadores y los socios, para potenciar la cultura empresarial y el modelo de cooperativismo agrario de futuro (apartado l)).

La Federación de Cooperativas Agrarias de Cataluña es una entidad sin ánimo de lucro, sujeta a los principios y las disposiciones de la Ley 18/2002, de 5 de julio, dotada de plena personalidad jurídica y que tiene como finalidades la representación de los intereses generales de los socios, el mantenimiento y la divulgación de los principios del movimiento cooperativo y de servicios, asistencia y actuaciones de interés general para el cooperativismo agrario catalán. Consideradas las características de la Federación se cree conveniente destinar una de las líneas de ayuda a fomentar las actuaciones que desarrolle esta entidad como eje vertebrador del tejido agrario cooperativo.

En este marco normativo, el fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas y de la oferta cooperativa en Cataluña debe servir como factor incentivador con el fin de contribuir al desarrollo del sector agroalimentario y también como estímulo en la orientación económica y social de las cooperativas y las entidades asociativas agrarias, con la adopción de medidas para incrementar la dimensión económica y social de las cooperativas, restablecer y potenciar la competitividad de las cooperativas y las zonas rurales y facilitar el desarrollo de actividades económicas y sociales, con la mejora de la calidad, las condiciones medioambientales y la capacidad de creación de ocupación en el ámbito rural como un elemento importante para reforzar la posición del sector cooperativo en la industria agroalimentaria y el comercio en el mercado interior y exterior.

El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural considera conveniente establecer las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas y otras entidades asociativas agrarias de Cataluña, dentro del periodo de vigencia de las directrices comunitarias sobre ayudas de estado al sector agrario y forestal 2007-2013 (2006/C 319/01), las cuales se han notificado a la Comisión Europea y ésta ha autorizado, asignándoles el número de ayuda N 346/2008, sobre medidas de integración, creación o ampliación de cooperativas y otras entidades agrarias.

Consecuentemente, valorada la conveniencia de dar apoyo a la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas agrarias de Cataluña mediante una ayuda económica, atendiendo a las directrices comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y a propuesta de la Dirección General de Alimentación, Calidad e Industrias Agroalimentarias, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo único

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas y otras entidades asociativas agrarias. Las mencionadas bases reguladoras se publican en el anexo de esta Orden.

Disposición adicional

Las entidades beneficiarias de las ayudas que regula esta Orden que en su proyecto de actuación tengan previstas inversiones excluidas de subvención en las bases reguladoras del anexo de esta Orden por el hecho de poder ser subvencionadas por la línea de mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agrarios dentro de la medida 123 del Programa de desarrollo rural de Cataluña 2007-2013, se podrán acoger a la Orden AAR/490/2010, de 15 de octubre, por la que se regula la comunicación previa al inicio de las inversiones acogidas al régimen de las ayudas para la mejora de los procesos de transformación y comercialización de los productos agrarios, para las futuras convocatorias de estas ayudas hasta la finalización del periodo de vigencia del Programa de desarrollo rural de Cataluña 2007-2013.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 2 de agosto de 2011

Josep Maria Pelegrí i Aixut

Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural

Anexo

Bases reguladoras

—1 Objeto de las ayudas

El objeto de las ayudas que regulan estas bases es el fomento de la concentración, la intercooperación y la modernización de las cooperativas agrarias y las entidades asociativas agrarias, como factor de incentivación que contribuye al desarrollo del sector agroalimentario y a incrementar la dimensión económica y social de las cooperativas, así como restablecer y potenciar la competitividad de las cooperativas y de las zonas rurales y facilitar el desarrollo de actividades económicas y sociales con la adopción de medidas de integración y modernización, de gestión empresarial y de comercialización.

—2 Entidades beneficiarias

2.1 Pueden ser entidades beneficiarias de las ayudas que se establecen en los apartados 3.1, 3.2, 3.3, y 3.4 de estas bases reguladoras las cooperativas agrarias constituidas legalmente y las entidades asociativas agrarias que bajo cualquier fórmula jurídica, reconocida en derecho, estén formadas o participadas mayoritariamente para cooperativas agrarias, así como los nuevos grupos cooperativos que resulten de acuerdos o conciertos de colaboración, y que cumplan los requisitos siguientes:

  1. Desarrollar la actividad subvencionada en Cataluña.

  2. Disponer de un plan de formación para personas asociadas y para...

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