RESOLUCIÓN EMO/2092/2011, de 4 de agosto, por la que se dispone la publicación y la exposición de la Orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración de 29 de julio de 2011, por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna al cuerpo superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

SecciónCargos y Personal
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

EMO/2092/2011, de 4 de agosto, por la que se dispone la publicación y la exposición de la Orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración de 29 de julio de 2011, por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna al cuerpo superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

Visto el texto de la Orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración, de 29 de julio de 2011, por el cual se convoca el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna al cuerpo superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social;

Vistos el Real decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre el traspaso de funciones y servicios a la Generalidad de Cataluña en materia de función pública inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y la Resolución TRE/1465/2010, de 4 de abril, por la que se hace público el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Departamento de Trabajo de la Generalidad de Cataluña, en materia de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Cataluña, donde se establece que las convocatorias, los actos administrativos, las resoluciones y los nombramientos que tengan que publicarse en el Boletín Oficial del Estado se publicarán también en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya ,

Resuelvo:

Disponer la publicación en el DOGC, mediante la transcripción en el anexo de esta Resolución, de la Orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración de 29 de julio de 2011, por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna al cuerpo superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, y su exposición en la web del Departamento de Empresa y Empleo (www.gencat.cat/empresaiocupacio).

Disposición final única

Las personas que deseen participar en las pruebas selectivas para el ingreso al cuerpo superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social deberán presentar las solicitudes de acuerdo con la Orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración de 29 de julio de 2011, que se transcriben en el anexo de esta Resolución, en un plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado .

Barcelona, 4 de agosto de 2011

Enric Colet

Secretario general

ORDEN

del Ministerio de Trabajo e Inmigración, de 29 de julio de 2011, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna al cuerpo superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real decreto 264/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2011, y lo dispuesto en el apartado B.2 del Real decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalidad de Cataluña en materia de función pública inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, su Acuerdo complementario núm. 1 y la cláusula quinta del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Departamento de Trabajo de la Generalidad de Cataluña, en materia de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Cataluña, de 5 de marzo de 2010, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración pública;

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el cuerpo superior de inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre ( Boletín Oficial del Estado del 27 de noviembre), modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de junio (Boletín Oficial del Estado del 30 de julio).

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará en la página web www.060.es, en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.mtin.es/itss, y en la página web del Departamento de Empresa y Ocupación de la Generalidad de Cataluña www.gencat.cat/empresaiocupacio.

—1 Descripción de las plazas

1.1.A) Se convocan pruebas selectivas para cubrir un total de 26 plazas del cuerpo superior de inspectores de Trabajo y Seguridad Social, código A1502, por el sistema general de acceso libre, de las cuales 20 son las comprendidas en el anexo I del Real decreto 264/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2011, y 6 se convocan a petición del Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad de Cataluña en base a lo establecido en el apartado B.2 del Real decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalidad de Cataluña en materia de función pública inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y sus normas de desarrollo, y cuyo destino será en la Generalidad de Cataluña en puestos de su relación de puestos de trabajo.

Del total de las 26 plazas antes señaladas, se reservará 1 plaza para quien tenga la condición legal de persona con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, y que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, correspondiendo esta plaza a las comprendidas en el anexo I del Real decreto 264/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público.

Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva para personas con discapacidad, los aspirantes con discapacidad que hayan superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

La plaza no cubierta en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumulará a las de acceso general.

De conformidad con lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que reflejarán sus necesidades específicas.

1.1.B) Se convocan, también, pruebas selectivas para cubrir un total de 8 plazas del cuerpo superior de inspectores de Trabajo y Seguridad Social, código A1502, por el sistema de promoción interna, como se establece en el anexo II del Real decreto 264/2011, de 28 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2011, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del mismo.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo ( Boletín Oficial del Estado del 15 de abril), se consideran independientes ambos sistemas de selección por lo que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna que, en su caso, quedaran vacantes, no podrán acumularse a las del sistema de acceso libre.

1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.

—2 Proceso selectivo

El proceso selectivo se desarrollará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre, y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con los ejercicios, valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo 1.

El proceso selectivo incluirá la superación de un curso selectivo de carácter eminentemente práctico. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

—3 Programas

Los programas que deben regir los procesos selectivos son los que figuran como anexo 2 de estas convocatorias.

—4 Titulación

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o grado el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.

—5 Nacionalidad

Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real decreto 543/2001, de 18 de mayo.

—6 Requisitos específicos acceso por promoción interna

Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán cumplir además:

Pertenencia a cuerpo: pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los cuerpos o escalas de la Administración General del...

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