ORDEN IUE/536/2009, de 3 de diciembre, por la que se convocan los Premios de la Generalidad de Cataluña a la Iniciativa Comercial y los Premios de la Generalidad de Cataluña a los Establecimientos Comerciales Centenarios.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
Rango de LeyOrden

ORDEN

IUE/536/2009, de 3 de diciembre, por la que se convocan los Premios de la Generalidad de Cataluña a la Iniciativa Comercial y los Premios de la Generalidad de Cataluña a los Establecimientos Comerciales Centenarios.

La undécima edición de los Premios de la Generalidad de Cataluña a la Iniciativa Comercial tienen como objetivo dar reconocimiento a las iniciativas más innovadoras del comercio urbano de proximidad.

Por otra parte, procede dar un tratamiento diferenciado a los premios en los establecimientos comerciales con más de cien años de antigüedad, dado que su objetivo específico es el reconocimiento de una trayectoria de servicio y atención al público, mediante la adaptación continua a la evolución de las necesidades de la ciudadanía.

En consecuencia, a propuesta de la directora general de Comercio, y en uso de las atribuciones legales que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Se convoca la undécima edición de los Premios de la Generalidad de Cataluña a la Iniciativa Comercial y se aprueban las bases que regulan su concesión, las cuales figuran en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 2

Se convocan los Premios de la Generalidad de Cataluña a los Establecimientos Comerciales Centenarios y se aprueban las bases que regulan su concesión, las cuales figuran en el anexo 2 de esta Orden.

Artículo 3

Para la convocatoria de 2009 el plazo de presentación de solicitudes de los Premios a la Iniciativa Comercial y de los Premios en los Establecimientos Comerciales Centenarios se inicia al día siguiente de la publicación de esta Orden y finaliza el 29 de enero de 2010.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 3 de diciembre de 2009

Josep Huguet i Biosca

Consejero de Innovación, Universidades y Empresa

Anexo 1

Bases que regulan la undécima edición de los Premios de la Generalidad de Cataluña a la Iniciativa Comercial

.1 Objetivo

El objetivo de la undécima edición de los Premios a la Iniciativa Comercial es el de distinguir a las personas físicas o jurídicas domiciliadas en Cataluña que, en el transcurso del año 2009, hayan destacado por sus tareas de mejora en la gestión del sector de la distribución minorista, particularmente del comercio urbano de proximidad.

.2 Candidaturas

Pueden ser candidatas a estos premios las microempresas, las pequeñas y medianas empresas con domicilio en Cataluña que desarrollen su actividad en el ámbito del comercio y las entidades que las representan a nivel territorial o sectorial.

También pueden ser candidatos para la categoría de singularización, los ayuntamientos y otros entes locales.

Se definen como microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes), las que tienen hasta un máximo de 250 trabajadores/as, un volumen de negocio máximo de 50 millones de euros, o con un balance general anual no superior a 43 millones de euros, y no están participadas en más del 25% de su capital o de sus derechos de voto por otros que no reúnan los requisitos anteriores, excepto que sean sociedades públicas de participación, sociedades de capital riesgo o inversores institucionales, siempre que éstos no ejerzan individualmente o conjuntamente, ningún control sobre la empresa.

El personal técnico del área de incentivos y proyectos de la Agencia para la Promoción del Comercio podrá proponer candidatos a los premios, de entre aquellas actuaciones que durante el año 2009 hayan sido beneficiarios de incentivos y que, por sus características de innovación y aplicabilidad en el resto del territorio se puedan considerar como referentes. En todo caso, se necesitará el consentimiento previo y expreso de la entidad propuesta.

.3 Categorías

Se establecen nueve premios, divididos entre las dos categorías siguientes:

  1. Colectivos territoriales de comerciantes y ayuntamientos.

    1. Al proyecto de singularización, a la mejor iniciativa de dinamización comercial en este ámbito, incidiendo en la potenciación de la singularidad de cada territorio y en la consolidación de la oferta de comercio de proximidad atendiendo a las necesidades de la población.

    2. Al comercio de proximidad, a la mejor iniciativa de dinamización comercial en este ámbito, para la mejora de los servicios al cliente y para la potenciación de la oferta del comercio de proximidad.

    3. Al comercio urbano, a la mejor iniciativa de dinamización comercial en este ámbito, incidiendo especialmente en la profesionalización de su gestión y en la prestación de servicios en los operadores comerciales y de servicios.

    4. A la excelencia comercial, de un proyecto desarrollado por la asociación de comerciantes que, de forma relevante, haya conseguido una mayor implicación de los diferentes agentes integrantes de un centro urbano o área comercial para dotarlo de un mayor grado de competitividad, eficacia y eficiencia.

    5. Al mercado municipal, a la mejor iniciativa de dinamización comercial en este ámbito, incidiendo especialmente en la mejora en la prestación de servicios a las personas usuarias y clientes, a los propios operadores comerciales, y a la consolidación del mercado como equipamiento comercial de referencia en el territorio.

  2. Empresa o entidad representativa a nivel sectorial.

    1. Al proyecto de reforma y adecuación del establecimiento comercial para la mejora competitiva en su entorno territorial y sectorial.

    2. Al proyecto de definición o redefinición del plan estratégico del negocio con el fin de mejorar competitivamente en el sector de referencia.

    3. Al proyecto de definición de estrategias de mejora de la eficiencia y la rentabilidad de las empresas asociadas a una Central de Compras y...

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