ORDEN EDU/47/2009, de 9 de febrero, por la que se informa de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Educación.
Sección | Disposiciones Generales |
Emisor | DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN
EDU/47/2009, de 9 de febrero, por la que se informa de las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Educación.
El artículo 45 de la Ley 15/2008, del 23 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2009 (DOGC núm. 5288, de 31.12.2008) actualiza las tasas con tipos de cuantía fija.
La Ley 16/2008, de 23 de diciembre, de medidas fiscales y financieras, en su artículo 10 modifica el redactado del apartado 3.4 del artículo 9.1-5 del capítulo I del título IX del Texto refundido aprobado por el Decreto legislativo 3/2008. Asimismo, el artículo 11 modifica el redactado de los apartados 2 y 3 y se añade un nuevo apartado, el 4, al artículo 9.2-5 del capítulo II del título IX. Por último, el artículo 12 añade un nuevo capítulo, el VII, al título IX y se modifica la numeración del capítulo VII del mismo título, que pasa a ser el capítulo VIII, del citado Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
La disposición adicional tercera del Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, establece que en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de entrada en vigor de la Ley que modifique o cree tasas o actualice los importes, los departamentos de la Generalidad de Cataluña que gestionen las tasas afectadas han de publicar en el DOGC, mediante una orden del consejero o consejera competente en la materia, y con efectos meramente informativos, una relación de las tasas vigentes que gestionan, en que identifiquen los servicios y las actividades que generen cada una de ellas y la cuota correspondiente.
En virtud de ello,
Ordeno:
Dar publicidad a las tasas vigentes que gestiona el Departamento de Educación, que son las siguientes:
.1 Tasa por la expedición de títulos académicos y profesionales:
-
Bachillerato: título de bachillerato: 50,55 euros.
.2 Formación profesional específica:
2.1 Título de técnico o técnica: 50,55 euros.
2.2 Título de técnico o técnica superior: 56,65 euros.
.3 Enseñanzas de régimen especial:
3.1 Enseñanzas de música y danza:
3.1.1 Título profesional: 50,55 euros.
3.1.2 Título superior: 113,10 euros.
3.2 Enseñanzas de arte dramático:
3.2.1 Título superior de arte dramático: 113,10 euros.
3.3 Enseñanzas de artes plásticas y diseño:
3.3.1 Título de técnico o técnica: 50,55 euros.
3.3.2 Título de técnico...
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