ORDEN IUE/467/2007, de 10 de diciembre, de modificación de la Orden IUE/301/2007, de 9 de agosto, por la que se modifica la Orden IUE/189/2007, de 29 de mayo, de convocatoria para la concesión de incentivos en el ámbito del Plan de desarrollo turístico, y se convocan nuevos incentivos.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
Rango de LeyOrden

ORDEN

IUE/467/2007, de 10 de diciembre, de modificación de la Orden IUE/301/2007, de 9 de agosto, por la que se modifica la Orden IUE/189/2007, de 29 de mayo, de convocatoria para la concesión de incentivos en el ámbito del Plan de desarrollo turístico, y se convocan nuevos incentivos.

En fecha 16 de julio finalizó el plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las ayudas definidas entes los siete primeros programas o líneas previstas en el PLADETUR. Una vez recogida, sistematizada, analizada y adelantada la tramitación administrativa de las solicitudes dirigidas a este Programa resultan unos requerimientos de dotación económica para cada línea de ayuda concreta diferentes a las previstas en un inicio. La eficacia en el logro de los objetivos perseguidos por el plan de desarrollo turístico, así como la actuación administrativa bajo los criterios de eficiencia, han aconsejado dar lugar a una redistribución de cuantías entre las partidas presupuestarias adscritas a cada línea o líneas de ayuda concretas convocadas mediante la Orden IUE/189/2007, de 29 de mayo, de convocatoria para la concesión de incentivos en el ámbito del Plan de desarrollo turístico.

Asimismo, en fecha 1 de octubre finalizó el plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las ayudas definidas entes los tres últimos programas o líneas previstas en el PLADETUR (P-8, P-9). Una vez recogida, sistematizada, analizada y adelantada la tramitación administrativa de las solicitudes dirigidas a este Programa resulta que las cantidades totales superan con creces las necesidades económicas requeridas para satisfacer la demanda de incentivos formulada.

Por el contrario, las cantidades asignadas en la partida IU02D/770430300/6520 para transferencias de capital a empresas turísticas y reservadas en cantidad de 4.067.000 euros no puede atender la cantidad económica requerida por el elevado número de solicitudes de acceso a las ayudas para actuaciones de inversión en establecimientos turísticos en trámite. Por este motivo, los recursos sobrantes en las restantes partidas se han transferido a la partida IU02D/770430300/6520.

Finalmente, la partida presupuestaria IU02D/482000100/6520, de adscripción de las ayudas a instituciones sin ánimo de lucro otras que las fundaciones, requiere un incremento de reserva económica. Asimismo, atendida la concurrencia de fundaciones al otorgamiento de las ayudas previstas en este Programa 10, necesitamos asignar y...

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