ORDEN IUE/487/2010, de 13 de octubre, por la que se implantan estudios universitarios oficiales de grado en la Universidad de Lleida.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, UNIVERSIDADES Y EMPRESA
Rango de LeyOrden

ORDEN

IUE/487/2010, de 13 de octubre, por la que se implantan estudios universitarios oficiales de grado en la Universidad de Lleida.

En el marco de la Programación universitaria de Cataluña, para el curso académico 2009-2010, y para adecuar la estructura cíclica de las enseñanzas universitarias actuales a los requerimientos europeos, se implantan varios estudios universitarios oficiales de grado en la Universidad de Lleida.

Hay que remarcar que la adaptación a los principios derivados del espacio europeo de educación superior (EEES) implica, también, de acuerdo al Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real decreto 861/2010, de 2 de julio, el inicio del proceso de extinción progresiva de los estudios universitarios oficiales implantados al amparo de la ordenación anterior.

De conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña, el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, modificado por el Real decreto 861/2010, de 2 de julio; el Real decreto 557/1991, de 12 de abril, de creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios, modificado por el Real decreto 485/1995, de 7 de abril; el Decreto 258/1997, de 30 de septiembre, por el que se regula la Programación universitaria de Cataluña y los procedimientos de creación o reconocimiento y de reordenación de centros docentes universitarios y de implantación de enseñanzas, y el Decreto 201/2003, de 26 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Lleida, a propuesta del Consejo de Gobierno y previo informe favorable del Consejo Social de la Universidad de Lleida,

Ordeno:

Artículo único

Se implantan en la Universidad de Lleida los estudios universitarios oficiales de grado que constan en el anexo 1 de la presente Orden.

Disposición adicional

Una vez establecido el carácter oficial de los títulos, el rector o rectora de la Universidad solicitará a la persona titular del departamento competente en materia de universidades la autorización para el inicio de actividades de estos estudios, el amparo de la normativa...

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