ORDEN ECO/212/2014, de 30 de junio, por la que se implantan y se reconoce la implantación de varios estudios oficiales de máster universitario en las universidades públicas y privadas de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyOrden

La Programación universitaria de Cataluña para el curso 2013-2014, aprobada por Resolución de 16 de septiembre de 2013, prevé la implantación y el reconocimiento de la implantación de los estudios oficiales de máster universitario en las universidades públicas y privadas de Cataluña.

Dado que se han producido supresiones de másters universitarios de cursos anteriores en las universidades del sistema universitario de Cataluña derivadas de la Programación universitaria de Cataluña, se han incorporado los cambios en esta Orden.

De conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 6/2001 , de 21 de diciembre, de universidades; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña; el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales; el Real decreto 557/1991, de 12 de abril, de creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios; el Decreto 258/1997, de 30 de septiembre, por el que se regula la Programación universitaria de Cataluña y los procedimientos de creación o reconocimiento y de reordenación de centros docentes universitarios y de implantación de enseñanzas; los estatutos de las universidades públicas y las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas de Cataluña, a propuesta de los consejos de gobierno y el informe favorable de los consejos sociales de la Universidad de Barcelona, la Universidad Politécnica de Cataluña, la Universidad Pompeu Fabra, la Universidad de Lleida, la Universidad de Girona y con el acuerdo de los órganos de gobierno de la Universidad Ramon Llull, la Universitat Oberta de Catalunya, la Universidad de Vic- Universidad Central de Cataluña, la Universidad Internacional de Cataluña y la Universidad Abat Oliba CEU, a propuesta del director general de Universidades,

Ordeno:

Artículo 1

Se implantan y se reconoce la implantación de varios estudios oficiales de máster universitario, para el curso 2013-2014, en los centros correspondientes de las diferentes universidades públicas y privadas catalanas que se indican en el apartado 1 del anexo 1 de esta Orden.

Se informa de los másters universitarios implantados que habilitan para el ejercicio de una profesión regulada, que se indican en el apartado 2 del anexo 2 de esta Orden.

Artículo 2

Se inicia la supresión de varios estudios universitarios oficiales, implantados en cursos académicos anteriores, de las diferentes universidades públicas y privadas catalanas que se indican en el anexo 2 de esta Orden.

Disposición adicional

Una vez establecido el carácter oficial de los títulos a que se refiere el artículo 1, el rector o rectora de las diferentes universidades solicitará al departamento competente en materia de universidades la autorización de inicio de actividades de estos estudios, al amparo de la normativa vigente, con efectos desde su impartición.

Disposición transitoria

La supresión de los estudios del anexo 2 será progresiva y, en todo caso, se garantizará el derecho del estudiantado a finalizar las enseñanzas de acuerdo con el plan de estudios con el que los iniciaron con un rendimiento académico ordinario, además las convocatorias adicionales previstas en la normativa vigente.

Barcelona, ¿¿30 de junio de 2014

Andreu Mas-Colell

Consejero de Economía y Conocimiento

Anexo 1

  1. Implantación de másters universitarios oficiales para el curso 2013-2014

    Denominación del máster UR * Centro responsable
    Actividad física y salud, especialidad en prescripción de ejercicio físico (PEF) y especialidad en rehabilitación y readaptación deportiva (RRE) UB Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (centro adscrito)
    Biomedicina, especialidad en investigación básica y traslacional en patologías humanas, especialidad en investigación básica y traslacional en cáncer y especialidad en investigación básica y traslacional en metabolismo y endocrinología UB Facultad de Medicina
    Construcción y representación de identidades culturales, especialidad en literatura, género, identidades y especialidad en literatura, alteridad, globalización UB Facultad de Filología
    Culturas medievales UB Facultad de Filología
    Dirección de empresas turísticas, especialidad en e-tourism: estrategias de marketing y comercialización en línea, especialidad en dirección de eventos y especialidad en sostenibilidad y gestión de la calidad UB Escuela Universitaria de Hostelería y Turismo-CETT (centro adscrito)
    Dirección hotelera y de restauración, especialidad en dirección hotelera y
    ...

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