ORDEN ECO/96/2013, de 21 de mayo, por la que se implantan y se reconoce la implantación de varios estudios oficiales de máster universitario en las universidades públicas y privadas de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y CONOCIMIENTO
Rango de LeyOrden

La Programación universitaria de Cataluña, aprobada por Resolución de 5 de junio de 2012 para el período 2011-2013, prevé la implantación de estudios oficiales de máster universitario en las universidades públicas y el reconocimiento de la implantación de estudios oficiales de máster universitario en las universidades privadas de Cataluña, para el curso académico 2011-2012.

Considerando que se han producido supresiones de másters universitarios, de cursos anteriores, en las universidades del sistema universitario de Cataluña, derivadas de la programación universitaria de Cataluña, para el curso académico 2011–2012, se han incorporado los cambios mencionados en esta Orden.

De conformidad con lo que establecen la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña; el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales; el Real decreto 557/1991, de 12 de abril, de creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios; el Decreto 258/1997, de 30 de septiembre, por el que se regula la Programación universitaria de Cataluña y los procedimientos de creación o reconocimiento y de reordenación de centros docentes universitarios y de implantación de enseñanzas; los estatutos de las universidades públicas y las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas de Cataluña, y a propuesta de los consejos de Gobierno y el informe favorable de los consejos sociales de la Universidad de Barcelona, la Universidad Autónoma de Barcelona, la Universidad Politécnica de Cataluña, la Universidad Pompeu Fabra, la Universidad de Lleida, la Universidad de Girona, la Universidad Rovira i Virgili y con el acuerdo de los órganos de gobierno de la Universidad Ramon Llull, la Universitat Oberta de Catalunya, la Universidad de Vic, la Universitat Internacional de Catalunya y la Universitat Abat Oliba CEU, a propuesta del director general de Universidades,

Ordeno:

Artículo 1

Se implantan y se reconoce la implantación de varios estudios oficiales de máster universitario, para el curso 2011-2012, en los centros correspondientes de las diferentes universidades públicas y privadas catalanas, que se indican en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 2

Se inicia la supresión de varios estudios universitarios oficiales, implantados en cursos académicos anteriores, de las diferentes universidades públicas y privadas catalanas, que se indican en el anexo 2 de esta Orden.

Disposición adicional

Una vez establecido el carácter oficial de los títulos a los que hace referencia el artículo 1, el rector o la rectora de las diferentes universidades solicitará al departamento competente en materia de universidades la autorización de inicio de actividades de estos estudios, al amparo de la normativa vigente, con efectos des de su impartición.

Disposición transitoria

El inicio de la supresión de los estudios del anexo 2 será progresivo y, en todo caso, se garantizará el derecho del estudiantado a finalizar las enseñanzas de acuerdo con el plan de estudios con el que lo iniciaron con un rendimiento académico ordinario, más las convocatorias adicionales previstas en la normativa vigente.

Barcelona, 21 de mayo de 2013

Andreu Mas-Colell

Consejero de Economía y Conocimiento

Anexo 1

Implantación de másters universitarios oficiales, para el curso 2011-2012

Denominación del máster UR* Centro responsable
Competencias médicas avanzadas UB Facultad de Medicina
Derecho UB
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