ORDEN AAM/243/2012, de 31 de julio, por la que se prorroga el periodo hábil de recolección de la trufa de verano (Tuber aestivium) para la temporada 2012.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyOrden

La Orden MAH/328/2005, de 13 de julio, por la que se modifica la Orden de 15 de julio de 1991, de regulación del sector tofoner, establece que el periodo hábil para la recolección de la trufa de verano (Tuber aestivium) es del 1 de mayo al 15 de agosto.

La climatología de este año ha retrasado el proceso de la maduración de la trufa de verano (Tuber aestivium), especialmente en el ámbito territorial de los municipios de Guixers, La Coma i La Pedra, Odèn y Sant Llorenç de Morunys, hecho que comporta la necesidad de modificar, con carácter excepcional, el periodo hábil de recolección establecido en la Orden MAH/328/2005, de 13 de julio, para la temporada 2012, con el fin de adecuar este periodo al proceso actual de maduración de esta especie en los municipios mencionados.

A propuesta de la Dirección General del Medio Natural y Biodiversidad,

Ordeno:

Artículo único

Se prorroga el periodo hábil de recolección de la trufa de verano (Tuber aestivium) hasta el 31 de agosto de 2012 en el ámbito territorial de los municipios de Guixers, La Coma i la Pedra, Odèn y Sant Llorenç de Morunys.

Disposición final única

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