ORDEN ENS/120/2004, de 8 de abril, de convocatoria pública para la concesión de ayudas a grupos de alumnos que cursen enseñanzas postobligatorias en centros de enseñanza secundaria de Cataluña, para la realización de prácticas en empresas o instituciones de otros países.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

ENS/120/2004, de 8 de abril, de convocatoria pública para la concesión de ayudas a grupos de alumnos que cursen enseñanzas postobligatorias en centros de enseñanza secundaria de Cataluña, para la realización de prácticas en empresas o instituciones de otros países.

En el marco del conjunto de relaciones escuela-empresa se realizan muchos proyectos de estancias o intercambios de alumnos de formación profesional entre varios países para realizar experiencias de prácticas en empresas o instituciones.

En la mayoría de los casos, estas experiencias no se pueden realizar por las dificultades económicas de los alumnos para sufragar los costes de los desplazamientos y de la estancia.

El Departamento de Enseñanza, con la finalidad de facilitar al alumnado el conocimiento de la realidad de otros países y de favorecer la realización de las experiencias mencionadas, considera oportuno abrir una convocatoria pública para la concesión de ayudas a grupos de alumnos de centros de educación secundaria postobligatoria que organicen estancias o intercambios para la realización de prácticas en empresas de países extranjeros.

De conformidad con lo que establece el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre;

En uso de las facultades atribuidas en el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional,

Ordeno:

Artículo 1

Convocar concurso público para la concesión de ayudas a grupos de alumnos que cursen enseñanzas postobligatorias en centros de enseñanza secundaria de Cataluña, para la realización de prácticas en empresas o instituciones de otros países durante el año 2004.

Artículo 2

Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, que se establecen en el anexo 1 de esta Orden.

Artículo 3

Las ayudas citadas cubrirán hasta un máximo del 80% de los gastos derivados de la realización de las estancias o intercambios.

Se destina a la concesión de estas ayudas un importe total máximo de 716.000,00 euros, a cargo de la posición presupuestaria D/482130200/4228, del centro gestor 1305, del presupuesto 2003 prorrogado para el año 2004.

Artículo 4

Los beneficiarios están obligados a facilitar toda la información requerida por los órganos de control de la Administración. Para justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se ha concedido la ayuda y de la aplicación de los fondos percibidos para esta finalidad, se deberá seguir lo establecido en el apartado 8 del anexo 1 de esta Orden.

Artículo 5

Se delega en el director general de Formación Profesional la competencia para la resolución de esta convocatoria.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo que prevé el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante la consejera de Enseñanza, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 8 de abril de 2004

Marta Cid i Pañella

Consejera de Enseñanza

Anexo 1

Bases

.1 El objetivo de estas ayudas es que los alumnos de enseñanza secundaria postobligatoria realicen prácticas en empresas o instituciones ubicadas en otros países, con la finalidad de que conozcan su realidad sociolaboral y puedan practicar el idioma del país de acogida y también que ganen experiencias en su especialización.

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