ORDEN TIC/499/2003, de 11 de diciembre, por la que se garantiza el servicio esencial de limpieza que presta la empresa FCC Medio Ambiente, SA, en el aeropuerto de El Prat de Llobregat.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TIC/499/2003, de 11 de diciembre, por la que se garantiza el servicio esencial de limpieza que presta la empresa FCC Medio Ambiente, SA, en el aeropuerto de El Prat de Llobregat.

Vista la convocatoria de huelga presentada por el comité de empresa de FCC Medio Ambiente, SA, en el centro de trabajo del aeropuerto de El Prat de Llobregat para los días 16 y 17 de diciembre de 2003;

Considerando que el servicio de limpieza que realiza la citada empresa en el aeropuerto de El Prat de Llobregat es un servicio esencial para la comunidad, ya que su interrupción afectaría derechos fundamentales como el de la salud, previsto en el artículo 43 de la Constitución;

Considerando que es necesario compatibilizar el legítimo derecho de huelga con el mantenimiento de los servicios esenciales que garanticen el derecho a la salud, se han de fijar las medidas para reducir el riesgo sanitario que puede ocasionar la utilización de las instalaciones higiénico-sanitarias por un elevado número de personas; por tanto, valorando los servicios mínimos que se han determinado en situaciones análogas y teniendo en cuenta que la duración de la huelga es de dos días, se debe determinar una prestación del 50% del servicio habitual de limpieza de los servicios higiénico-sanitarios, así como la retirada de materia orgánica susceptible de descomposición;

Considerando que las partes fueron convocadas a una mediación en trámite de audiencia para que expusieran sus posturas sobre la necesidad de establecer servicios esenciales, tal y como consta en el Acta de 9 de diciembre de 2003, habiéndose remitido ambas partes al contenido a la Orden de 26 de junio de 2001;

Considerando que se ha solicitado informe a la Secretaría General del Departamento de Sanidad y Seguridad Social, y a la Entidad de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, y que se han tenido en cuenta las órdenes de 5, 11 y 29 de mayo de 2001 y la de 26 de junio de 2001 que regulan situaciones análogas a la presente huelga;

Considerando lo que disponen los artículos 28.2 de la Constitución española; 11.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña; 10.2 del Real decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo; el Decreto 120/1995, de 24 de marzo, de la Generalidad de Cataluña; las sentencias del Tribunal Constitucional 11, 26 y 33/1981, y las sentencias de 24 de abril y 5 de mayo de 1986, 27/1989 y 42, 43, 122 y 123/1990,

Ordeno:

Artículo 1

La situación de huelga anunciada por...

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