ORDEN EMO/359/2012, de 8 de noviembre, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura y limpieza viaria que la empresa Eco-Equip, SAM, presta en el municipio de Terrassa.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y EMPLEO
Rango de LeyOrden

Vista la convocatoria de huelga formulada por el Comité de Empresa de Eco-Equip, SAM (registro de entrada de 25 de octubre de 2012, en los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Empleo en Barcelona), que está prevista a partir del día 13 de noviembre de 2012, con carácter indefinido, y que afecta a la totalidad de la plantilla de la empresa que presta servicio en Terrassa;

Considerando que la empresa realiza los servicios de recogida de basura (fracción orgánica, de rechazo y recogida selectiva –papel/cartón, envases y vidrio–) y el servicio de limpieza viaria, así como la recogida de voluminosos, que son servicios esenciales para la comunidad, ya que su interrupción afectaría a bienes y derechos constitucionalmente protegidos, como son el derecho a la salud y el medio ambiente que señalan los artículos 43 y 45 de la Constitución, y dado que una acumulación de residuos en las vías públicas y, muy especialmente, la materia orgánica susceptible de descomposición favorecen, aparte de los malos olores, la proliferación de insectos y roedores, los cuales son vehículos de transmisión de enfermedades infectocontagiosas, que generan riesgo para los ciudadanos;

Considerando que la autoridad gubernativa debe dictar las medidas necesarias para mantener el servicio esencial, teniendo en cuenta que esta restricción debe ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;

Considerando que es necesario garantizar una máxima asepsia y limpieza en los centros sanitarios, asistenciales y su entorno, una máxima higiene en los centros escolares con servicio de comedor y garantizar un entorno de limpieza en las áreas de los mercados municipales de abastecimiento de productos perecederos, será necesario realizar el servicio de recogida de basuras, tanto la orgánica, la de rechazo como la selectiva, habitual en estas zonas;

Considerando el grado de putrefacción, descomposición, fermentación y mal olor de la basura de rechazo, si el servicio se realiza seis o siete días a la semana, se deberá recoger y transportar cada 72 horas; que será a contar desde la última recogida. En las zonas del municipio que se preste el servicio con una frecuencia inferior a la indicada deberá realizar el 50% del servicio habitual;

Considerando que la recogida de la fracción orgánica no se realiza diariamente, sino que hay barrios que se...

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