ORDEN TRE/360/2010, de 23 de junio, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura que la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, SA, presta en la población de Cassà de la Selva.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TRABAJO
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRE/360/2010, de 23 de junio, por la que se garantiza el servicio esencial de recogida de basura que la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, SA, presta en la población de Cassà de la Selva.

Vista la convocatoria de huelga presentada por el sindicato CCOO en la empresa Fomento de Construcciones y Contratas, SA (registro de entrada de fecha 15.6.2010, en los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo en Girona), a partir de las 20.00 horas del día 28 de junio de 2010, con carácter indefinido, y que afecta a toda la plantilla del centro de trabajo de Cassà de la Selva;

Considerando que la empresa presta el servicio de recogida de basura de desecho, el cual tiene que considerarse un servicio esencial para la comunidad ya que su interrupción afecta a bienes y derechos constitucionalmente protegidos, como son el derecho a la salud y al medio ambiente que señalan los artículos 43 y 45 de la Constitución y considerando que una acumulación de residuos en las vías públicas y, muy especialmente, la materia orgánica susceptible de descomposición favorecen, además del mal olor, la proliferación de insectos y roedores, los cuales son vehículos de transmisión de enfermedades infectocontagiosas, que generan riesgo para los ciudadanos;

Considerando que la autoridad gubernativa debe dictar las medidas necesarias para mantener el servicio esencial, teniendo en cuenta que esta restricción debe ser justificada y proporcional con el ejercicio legítimo del derecho de huelga, reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución;

Considerando que es necesario garantizar una máxima asepsia y limpieza en los centros sanitarios y asistenciales y en su entorno, una máxima higiene en los centros de ocio infantil de verano con servicio de comedor, y garantizar un entorno de limpieza en las áreas de los mercados municipales de abastecimiento de productos perecederos, será necesario realizar el servicio de recogida de basuras habitual en estas zonas.

Considerando el grado de putrefacción, descomposición, fermentación y mal olor de este tipo de basura, se deberá recoger y transportar cada 72 horas desde la última recogida; si en la jornada de recogida de las basuras antes mencionadas no se hubiera realizado la retirada total, deberá continuarse durante las siguientes jornadas, hasta su retirada total.

Considerando que la huelga se produce en un periodo en el que se inicia un incremento de la...

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