DECRETO 38/2002, de 5 de febrero, por el que se fusionan la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Barcelona y la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Obras Públicas de Barcelona.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

38/2002, de 5 de febrero, por el que se fusionan la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Barcelona y la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Obras Públicas de Barcelona.

Mediante el Decreto 161/1991, de 16 de julio, se fusionaron la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Barcelona y la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica de Obras Públicas de Barcelona de la Universidad Politécnica de Cataluña.

El Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas de Cataluña interpuso recurso contencioso administrativo núm. 1018/1991 contra este Decreto, que se resolvió mediante la Sentencia de la Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 17 de septiembre de 1993, que declaró la anulación del Decreto 161/1991, de 16 de julio, con el fin de subsanar la falta de audiencia previa del recurrente.

Contra esta Sentencia, la parte actora planteó recurso de casación ante el Tribunal Supremo. La Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado Sentencia, en fecha 15 de diciembre de 2000, en la que declara que no procede el recurso de casación interpuesto por el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas de Cataluña e impone las costas del recurso a la parte recurrente.

Siendo firme la Sentencia de 17 de septiembre de 1993, pronunciada por la Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de acuerdo con el auto de 31 de enero de 2001 de este mismo Tribunal, es procedente darle cumplimiento.

Por todo ello, de acuerdo con lo que establecen la Ley 26/1984, de 19 de diciembre, de coordinación universitaria y de creación de consejos sociales, el Real decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios, y el Decreto 258/1997, de 30 de septiembre, por el que se regulan la Programación universitaria de Cataluña y los procedimientos de creación o reconocimiento y de reordenación de centros docentes universitarios y de implantación de enseñanzas, previa audiencia del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas de Cataluña y del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Cataluña, a propuesta del consejero de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información y previo acuerdo del Gobierno,

Decreto:

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