ORDEN ASC/471/2008, de 9 de octubre, de creación y modificación de la relación de ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Instituto Catalán de las Mujeres.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ACCIÓN SOCIAL Y CIUDADANÍA
Rango de LeyOrden

ORDEN

ASC/471/2008, de 9 de octubre, de creación y modificación de la relación de ficheros que contienen datos de carácter personal gestionados por el Instituto Catalán de las Mujeres.

La Ley 5/2002, de 19 abril, de la Agencia Catalana de Protección de Datos, en su disposición adicional 3 prevé que los consejeros y las consejeras de la Generalidad, en el ámbito de sus competencias respectivas, tienen la habilitación para la creación, modificación y supresión, mediante una orden, de los ficheros que sean pertinentes.

Con arreglo a lo que prevé el artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, la creación, modificación o supresión de ficheros de las administraciones públicas sólo podrá hacerse mediante una disposición general publicada en el diario oficial correspondiente.

El Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, establece los diferentes niveles de seguridad en función del tipo de datos que se contengan en los ficheros y su aplicación.

Hasta ahora, el único fichero gestionado por el Instituto Catalán de las Mujeres se encontraba regulado en la Orden PRE/546/2006, de 13 de noviembre, por la que se regulan ficheros que contienen datos de carácter personal en el ámbito del Departamento de la Presidencia, Departamento al que estaba adscrito dicho instituto.

Sin embargo, mediante el Decreto 572/2006, de 19 de diciembre, de reestructuración parcial del Departamento de Acción Social y Ciudadanía, el Instituto Catalán de las Mujeres se integró en este Departamento como organismo autónomo.

Por otro lado, los ficheros gestionados por el Departamento de Acción Social y Ciudadanía están regulados en la Orden BEF/485/2005, de 2 de diciembre, por la que se completa y modifica la relación de ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de Bienestar y Familia.

En consecuencia, a fin de hacer efectivo el mandato legal de llevar a cabo, mediante disposición general, la creación, la modificación o la supresión de ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal gestionados por el Instituto Catalán de las Mujeres, es preciso fijar el nivel de seguridad exigible a cada fichero, garantizar la máxima transparencia en el tratamiento automatizado de datos de carácter personal y, de este modo, asegurar a la ciudadanía de Cataluña el ejercicio de sus derechos legítimos.

Por lo tanto, en uso de las facultades que me otorga la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, visto el informe preceptivo de la Agencia Catalana de Protección de Datos y de acuerdo con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora,

Ordeno:

Artículo 1

Objeto

Se crean los ficheros de datos de carácter personal del Instituto Catalán de las Mujeres, en el ámbito competencial del Departamento de Acción Social y Ciudadanía, en los términos indicados en el anexo 1 de la presente Orden.

Se acuerda la modificación del fichero Directorio de envíos del Decreto 303/1994, de 16 de noviembre, por el que se regulan los ficheros automatizados que contienen datos de carácter personal gestionados por el Departamento de la Presidencia.

Artículo 2

Relación de ficheros

2.1 Se detalla la relación de ficheros con el contenido siguiente: denominación, finalidad y usos previstos, personas y colectivos afectados u obligados a suministrar los datos de carácter personal, procedimientos de recogida de datos, estructura básica del fichero, descripción del tipo de datos de carácter personal que contienen, cesiones de datos previstas, órgano administrativo responsable, servicios o unidades en los que pueden ejercerse los derechos de acceso, de rectificación, de cancelación y de oposición, y medidas de seguridad aplicables, en el anexo 1 de esta Orden.

2.2 Se modifica el fichero que se detalla en el anexo 2 en cuanto a la estructura y la descripción del tipo de datos y la dirección de la unidad administrativa para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, en el sentido de sustituir la calle Viladomat, 319, entlo., 08029 Barcelona, por la nueva dirección del Instituto Catalán de las Mujeres, plaza Pere Coromines, 1, 08001 Barcelona.

Artículo 3

Confidencialidad, seguridad e integridad de los datos

Las personas titulares de los órganos administrativos responsables de cada fichero automatizado que contiene datos de carácter personal deben adoptar las medidas técnicas, de gestión y organizativas necesarias para garantizar la confidencialidad, la seguridad y la integridad de los datos, así como todas aquellas medidas necesarias para hacer efectivos los derechos de los ciudadanos y de las ciudadanas que les reconocen la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y los reglamentos vigentes.

Disposiciones finales

Primera

Queda modificada la Orden PRE/546/2006, de 13 de noviembre, por la que se regulan ficheros que contienen datos de carácter personal en el ámbito del Departamento de la Presidencia, en todo lo que resulte afectada por esta Orden.

Segunda

Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 9 de octubre de 2008

Carme Capdevila i Palau

Consejera de Acción Social y Ciudadanía

Anexo 1 Artículo 11.2

Relación de ficheros del Instituto Catalán de las Mujeres

Índice

  1. General de administración.

  2. Subvenciones.

  3. Personas usuarias del Centro de Documentación.

  4. Estancias.

  5. Consultas.

  6. Buscador de expertas.

  7. Consejo Nacional de Mujeres de Cataluña.

  8. Exposiciones y talleres.

  9. Personas atendidas por el Servicio Psicológico.

  10. Personas atendidas por el Servicio Jurídico.

  11. Recursos humanos.

  12. Premios.

  13. General de administración

Finalidad: facilitar la tramitación de información referente a la gestión de proveedores en general.

Usos previstos: cobros y pagos; gestión administrativa, de facturación y contabilidad del ICD.

Personas o colectivos afectados u obligados a suministrar los datos de carácter personal:

Personas físicas o jurídicas proveedoras, acreedoras y deudoras del Instituto Catalán de las Mujeres.

Procedimiento de recogida de datos:

Formulario.

Presupuesto.

Factura.

Estructura y descripción del tipo de datos:

Nombre, apellidos.

DNI o NIF.

Dirección.

Población/distrito postal.

País.

Teléfono fijo y/o móvil.

Dirección de correo electrónico.

Fax.

Núm. de cuenta bancaria/vía de pago.

Tipo e indicador de retención.

País de retención.

Cesiones: entidades bancarias.

Artículo 11.2 c) de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Órgano responsable:

Instituto Catalán de las Mujeres.

Servicio o unidad ante el que pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Instituto Catalán de las Mujeres

Pl. Pere Coromines, 1

08001 Barcelona.

Medidas de seguridad: nivel básico.

  1. Subvenciones

Finalidad: la...

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