ORDEN TES/291/2011, de 27 de octubre, por la que se crea el fichero común de inspecciones técnicas de los edificios de viviendas de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
Rango de LeyOrden

ORDEN

TES/291/2011, de 27 de octubre, por la que se crea el fichero común de inspecciones técnicas de los edificios de viviendas de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

La competencia ejecutiva en materia de protección de datos corresponde a la Generalidad de Cataluña, por aplicación del artículo 156 de la Ley orgánica 6/2006, de 19 de julio, del Estatuto de autonomía de Cataluña. Esta competencia ejecutiva se ejerce con respecto a la competencia exclusiva que el artículo 137.1 del mismo Estatuto atribuye a la Generalidad de Cataluña en materia de vivienda.

La creación, la modificación o la supresión de los ficheros de las administraciones públicas se deben llevar a cabo mediante una disposición general publicada en el BOE o en el diario oficial que corresponda, de acuerdo con lo que establece el artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

La disposición final tercera de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, habilita a los consejeros y a las consejeras de la Generalidad, dentro del ámbito de sus competencias, para crear mediante orden los ficheros de sus departamentos o de los entes públicos vinculados o que dependan de ellos.

La Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, configura el marco normativo por el que se debe regir la inspección técnica de los edificios de viviendas y, especialmente, el fomento de la conservación y rehabilitación de las viviendas y el control periódico del estado de los edificios de viviendas, como una medida que permita adoptar medidas preventivas y correctivas para el mantenimiento del parque inmobiliario.

Con esta finalidad, el Decreto 187/2010, de 23 de noviembre, sobre la inspección técnica de los edificios de viviendas, ha desplegado el artículo 28 de la Ley del derecho a la vivienda, con respecto a los contenidos y vigencia de las inspecciones técnicas de los edificios de viviendas, y ha desplegado el programa de inspecciones aprobado por el Gobierno.

De conformidad con lo que dispone el artículo 17.1 del citado Decreto 187/2010, de 23 de noviembre, corresponde crear un fichero común donde figuren los datos de los informes de la inspección técnica de los edificios de viviendas, los de las inspecciones administrativas realizadas y los datos relativos a los certificados de aptitud emitidos.

El órgano administrativo responsable de este fichero común de la inspección...

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