ORDEN INT/20/2011, de 8 de febrero, de creación del fichero de datos de carácter personal del personal técnico acreditado para la elaboración de planes de autoprotección en el ámbito de protección civil.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INTERIOR
Rango de LeyOrden

ORDEN

INT/20/2011, de 8 de febrero, de creación del fichero de datos de carácter personal del personal técnico acreditado para la elaboración de planes de autoprotección en el ámbito de protección civil.

El Decreto 82/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas, desarrolla los preceptos relativos a la autoprotección recogidos en la Ley 4/1997, de 20 de mayo, de protección civil de Cataluña, y prevé, en su artículo 4, que una de las obligaciones generales de los titulares de las actividades y centros incluidos dentro del ámbito de su aplicación es la de elaborar el plan de autoprotección correspondiente a la actividad. Asimismo, el artículo 17 del Decreto 82/2010 hace referencia al personal técnico competente para elaborar planes de autoprotección y, específicamente el apartado 7 prevé que el procedimiento administrativo para la acreditación de este personal se desarrollará mediante una orden de la persona titular del departamento competente en materia de protección civil.

Así, en cumplimiento de lo previsto anteriormente, se aprobó la Orden IRP/516/2010, de 8 de noviembre, sobre el procedimiento de acreditación del personal técnico competente para la elaboración de planes de autoprotección en el ámbito de la protección civil, cuyo artículo 3.7 establece que los datos del personal técnico que se acredite como competente para elaborar planes de autoprotección tienen que pasar a formar parte de un fichero gestionado por la dirección general competente en materia de protección civil.

El Departamento de Interior, de conformidad con las funciones que le atribuye el Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el Decreto 43/2011, de 4 de enero, de estructuración del Departamento de Interior, requiere para el ejercicio de sus funciones, tratar los datos de las personas acreditadas para la elaboración de planes de autoprotección en el ámbito de protección civil.

La disposición final tercera de la Ley 32/2010, del 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos, establece que los consejeros o consejeras de la Generalidad, dentro del ámbito de las competencias respectivas, están habilitados para la creación, mediante una orden, de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR