ORDEN PRE/203/2003, de 5 de mayo, por la que se establece el procedimiento para la incorporación del servicio de expedición de licencias de pesca recreativa y de pesca recreativa subacuática a la Administración Abierta de Cataluña (AOC).

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/203/2003, de 5 de mayo, por la que se establece el procedimiento para la incorporación del servicio de expedición de licencias de pesca recreativa y de pesca recreativa subacuática a la Administración Abierta de Cataluña (AOC).

Dentro del plan de actuación e-Europe 2002, de las Comunidades Europeas, la Generalidad de Cataluña emprendió, mediante el Acuerdo de 13 de julio de 1999, el proyecto de Administración Abierta de Cataluña, con la finalidad de acercar sus servicios al ciudadano mediante la utilización de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación.

La expedición de las licencias de pesca recreativa subacuática corresponde al Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca y la expedición de las licencias de pesca recreativa son competencia de este Departamento y del Departamento de Medio Ambiente.

Ambos departamentos amplían los canales de información y de prestación del servicio de solicitud y expedición de licencias de pesca recreativa y pesca recreativa subacuática, con la incorporación de este servicio a la Administración Abierta de Cataluña.

Por este motivo, y en aplicación del artículo 11 del Decreto 324/2001, de 4 de diciembre, relativo a las relaciones entre los ciudadanos y la Administración de la Generalidad mediante Internet, con el informe previo del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información sobre la adecuación técnica de los programas y las aplicaciones, emitido en cumplimiento de lo que establece el artículo 4 del Decreto 85/2002, de 19 de febrero, de creación de la Comisión de Coordinación Interdepartamental de Gestión de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones y de acuerdo con el informe de la Asesoría Jurídica del Departamento de la Presidencia;

De acuerdo con el artículo 62.3 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

A propuesta de los consejeros de Agricultura, Ganadería y Pesca y de Medio Ambiente,

Ordeno:

Artículo 1

Adaptación del procedimiento

El procedimiento de solicitud, de expedición y/o renovación de licencias de pesca recreativa y de pesca recreativa subacuática, que se rige por la normativa vigente respectiva, se adapta a las peculiaridades de la prestación de servicios utilizando técnicas telemáticas mediante las normas de esta Orden.

Artículo 2

Presentación de solicitudes de expedición y/o renovación

2.1 Las solicitudes de expedición y/o renovación de la licencia de pesca recreativa y de pesca recreativa subacuática pueden efectuarse por los medios telemáticos del portal de la Administración Abierta de Cataluña con los mismos efectos jurídicos que las...

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