RESOLUCIÓN CMC/770/2007, de 14 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Industrias Culturales de 5 de febrero de 2007, por el que se aprueban las bases que deben regir las subvenciones para apoyar la organización de actividades y eventos que contribuyan de manera decidida a la...

SecciónDisposiciones Generales
EmisorInstituto Catalán de las Industrias Culturales
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

CMC/770/2007, de 14 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Industrias Culturales de 5 de febrero de 2007, por el que se aprueban las bases que deben regir las subvenciones para apoyar la organización de actividades y eventos que contribuyan de manera decidida a la promoción en el sector del teatro, el circo, la música y las artes visuales en Cataluña de carácter profesional.

Visto el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Industrias Culturales adoptado en la sesión de 5 de febrero de 2007, por el que se aprobaron las bases que deben regir la concesión de subvenciones para apoyar la organización de actividades y eventos que contribuyan de manera decidida a la promoción en el sector del teatro, el circo, la música y las artes visuales en Cataluña de carácter profesional,

Resuelvo:

.1 Que se publique íntegramente en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Industrias Culturales de 5 de febrero de 2007, por el que se aprueban las bases que deben regir la concesión de subvenciones para apoyar la organización de actividades y eventos que contribuyan de manera decidida a la promoción en el sector del teatro, el circo, la música y las artes visuales en Cataluña de carácter profesional.

.2 Contra este Acuerdo, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el/la consejero/a de Cultura y Medios de Comunicación en el plazo de un mes desde su publicación en el DOGC.

Barcelona, 14 de marzo de 2007

Lluís Noguera i Jordana

Presidente del Consejo de Administración

ACUERDO

de 5 de febrero de 2007, del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Industrias Culturales, por el que se aprueban las bases que deben regir la concesión de subvenciones para apoyar la organización de actividades y eventos que contribuyan de manera decidida a la promoción en el sector del teatro, el circo, la música y las artes visuales en Cataluña de carácter profesional

Vistos los artículos 87 y siguientes del Texto refundido de Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado mediante el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y los preceptos de carácter básico de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones;

De conformidad con el artículo 7.2.i) de los Estatutos del Instituto Catalán de las Industrias Culturales, aprobados por el Decreto 100/2001, de 3 de abril, el Consejo de Administración acuerda:

Aprobar las bases que deben regir la concesión de subvenciones para apoyar la organización de actividades y eventos que contribuyan de manera decidida a la promoción en el sector del teatro, el circo, la música y las artes visuales en Cataluña de carácter profesional.

Anexo

Bases

.1 Objeto

El objeto de estas bases es apoyar la organización de actividades y eventos que contribuyan de manera decidida a la promoción en el sector del teatro, el circo, la música y las artes visuales en Cataluña de carácter profesional que se inicien durante el año de la publicación de la convocatoria y finalicen como máximo en el mes de enero del año siguiente. Con estas subvenciones se quiere impulsar prioritariamente aquellos proyectos que promuevan la socialización del consumo cultural y la fidelización de público en los ámbitos anteriormente citados.

Quedan excluidas las propuestas para la organización de cursos, otras actividades de formación y concursos, así como también los proyectos de edición y promoción de fonogramas, las producciones de artes escénicas y musicales, la organización y promoción de festivales y ciclos de música, las programaciones estables de salas de teatro y de música y su difusión, las actividades habituales de las formaciones artísticas, las adaptaciones a otras lenguas de espectáculos estrenados en catalán y las actividades de difusión de las galerías de arte.

.2 Condiciones

Estas subvenciones no son compatibles con otras ayudas para el mismo proyecto del Instituto Catalán de las Industrias Culturales, y del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación de la Generalidad de Cataluña y organismos dependientes. Son compatibles con otras subvenciones por el mismo concepto del resto de la Generalidad de Cataluña y organismos dependientes, así como también de otras administraciones públicas y entidades públicas o privadas, sin perjuicio de lo establecido en la base 18.

.3 Destinatarios/as

3.1 Pueden optar a las subvenciones las entidades y empresas de carácter privado que estén domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña que, durante el año de la convocatoria correspondiente, realicen actividades de acuerdo con lo establecido en la base 1.

3.2 La entidad o empresa solicitante, salvo las asociaciones de profesionales de los sectores del teatro y del circo, de la música y de las artes visuales, deberá tener una trayectoria mínima de tres años.

.4 Cuantía

Las subvenciones se concederán en función de las disponibilidades presupuestarias y de la puntuación obtenida de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 10.

.5 Documentación

Las solicitudes deben ir acompañadas de un dossier que incluya la siguiente documentación, en el orden que se establece a continuación:

Documentación legal:

a) Fotocopia compulsada del NIF del/de la solicitante. En el caso de que sea una persona jurídica, debe adjuntarse, también, fotocopia compulsada de...

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