ORDEN PRE/478/2006, de 11 de octubre, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión de Ayudas Eurorregión a redes de cooperación, a la realización de estudios económicos y sociales de la Eurorregión y a iniciativas que impulsen el espacio mediático eurorregional en el marco del Programa para el impulso de la Eurorregión Pirineos ...

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

PRE/478/2006, de 11 de octubre, de aprobación de las bases reguladoras para la concesión de Ayudas Eurorregión a redes de cooperación, a la realización de estudios económicos y sociales de la Eurorregión y a iniciativas que impulsen el espacio mediático eurorregional en el marco del Programa para el impulso de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo.

El Decreto 24/2006, de 28 de febrero, por el que se regula la coordinación de la acción exterior del Gobierno de la Generalidad y se establecen las funciones de la Secretaría de Relaciones Internacionales y la Secretaría de Cooperación Exterior, atribuye al Departamento de la Presidencia las funciones en materia de relaciones exteriores.

El acuerdo de 15 de octubre de 2004, del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, crea el Programa para el impulso y la creación de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo dentro del ámbito de competencias de la Generalidad de Cataluña, e indica que la creación de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo es una prioridad del Gobierno de la Generalidad, a la que se considera que debe dar impulso institucional para que se convierta en realidad en un futuro próximo. El acuerdo señala como función principal del programa la promoción de las relaciones institucionales, culturales y económicas entre los países y las regiones que integran ese territorio con el fin de articular y conformar un espacio propio que pueda afrontar mejor los nuevos retos sociales y económicos en el marco de la globalización y en el nuevo marco europeo.

Por otro lado, el acuerdo establece, al mismo tiempo, que este Programa está adscrito a la Oficina de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña, que su dirección corresponde a la persona titular de la Secretaría de Relaciones Internacionales del Departamento de la Presidencia y establece como funciones del programa impulsar y estimular la colaboración institucional entre los diferentes países y regiones que conforman el espacio europeo de la Eurorregión del Mediterráneo. Entre otros objetivos, corresponde al programa: facilitar el conocimiento acerca de la realidad social y económica entre los diferentes territorios de este espacio europeo, incrementar las relaciones económicas y comerciales entre las regiones que integran ese espacio regional y coordinar los programas de colaboración que se establezcan entre los diferentes territorios en el marco de los objetivos definidos. A este efecto, la Secretaría de Relaciones Internacionales coordinará los proyectos de los diferentes departamentos de la Generalidad de Cataluña, que, al mismo tiempo, informarán a la persona comisionada de sus proyectos y actuaciones.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18.11.2003), por su carácter básico, tiene afectaciones sobre las normas reguladoras de bases de subvenciones elaboradas por la Administración de la Generalidad de Cataluña.

De acuerdo con lo previsto en el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y en uso de las atribuciones que me confiere la normativa vigente;

Teniendo en cuenta la Orden del Departamento de Economía y Finanzas de 1 de octubre de 1997, sobre tramitación, justificación y control de ayudas y de subvenciones (DOGC núm. 2500, de 21.10.1997),

Ordeno:

.1 Aprobar, en el marco del Programa para el impulso de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo, las bases reguladoras para la concesión de las Ayudas Eurorregión a redes eurorregionales de cooperación, a estudios económicos y sociales de la Eurorregión y a iniciativas que impulsen el espacio mediático eurorregional que se publican en los anexos 1, 2 y 3, respectivamente, de esta Orden.

.2 Publicar las bases reguladoras indicadas en el DOGC.

Contra esta Orden o sus bases, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, según lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

Disposición final

Esta Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el DOGC.

Barcelona, 11 de octubre de 2006

Joaquim Nadal i Farreras

Consejero de la Presidencia

Anexo 1

Ayudas a redes eurorregionales de cooperación

Bases reguladoras

.1 Objeto

1.1 El objeto de las ayudas que se rigen por estas bases es el fomento y la promoción de redes eurorregionales de cooperación en los siguientes ámbitos:

Económico, empresarial, del asociacionismo profesional y sindical

Cultural, educativo, universitario, científico y de la innovación

Social, ocupacional, del voluntariado y de la juventud

Cooperación transfronteriza en políticas de proximidad

1.2 Las ayudas reguladas por este anexo en ningún caso cubrirán el coste total de la actividad subvencionada.

.2 Periodo

Las actuaciones objeto de estas ayudas deben ejecutarse durante el periodo que se establezca en la convocatoria correspondiente.

.3 Destinatarios

Pueden solicitar estas ayudas las personas jurídicas, públicas o privadas, que tienen como fin principal operar una red de cooperación de ámbito eurorregional (redes formales), así como las redes de cooperación de ámbito eurorregional sin personalidad jurídica (redes informales) integradas por personas jurídicas públicas o privadas.

A efectos de esta Orden se consideran redes de ámbito eurorregional aquellas que vinculan a personas jurídicas, públicas o privadas, de por lo menos cuatro de las cinco regiones miembros de la Eurorregión Pirineos Mediterráneo (Aragón, Cataluña, Islas Baleares, Languedoc-Rosellón y Mediodía-Pirineos), con la posibilidad de vincular, además, otras regiones de la Unión Europea, de la cuenca mediterránea y el Principado de Andorra.

En el supuesto de redes de cooperación sin personalidad jurídica, debe existir una única entidad domiciliada en Cataluña que actúe en calidad de representante ante la Administración de la Generalidad de Cataluña en cuanto a las obligaciones establecidas en las bases y en la firma del documento de aceptación de la subvención concedida. En ese caso, cada una de las entidades recibe la consideración de beneficiario y tanto en la solicitud como en la resolución de concesión deben constar:

los compromisos de ejecución asumidos por cada uno de ellos,

el importe de la subvención que debe aplicarse a cada uno de ellos,

el nombramiento de una persona representante o apoderada única de la agrupación con poderes notariales para cumplir las obligaciones que les corresponden como beneficiarios.

Esta agrupación no podrá ser disuelta hasta que no hayan pasado los plazos de prescripción para el reintegro de las subvenciones y los de las prescripciones, infracciones y sanciones, regulados en los artículos 100 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña y 65 de la Ley general de subvenciones, respectivamente.

.4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para cada ayuda deben formalizarse a través de instancia dirigida a la Secretaría de Relaciones Internacionales del Departamento de la Presidencia, conforme con el modelo normalizado facilitado por la Secretaría de Relaciones Institucionales, adjuntando la documentación complementaria que se detalla en estas bases. Estas solicitudes podrán presentarse en el plazo de 90 días naturales desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC en la sede de la Secretaría de Relaciones Internacionales (Via Laietana, 14, 08003 Barcelona), o bien en cualquiera de los registros que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Los impresos de la solicitud normalizados pueden obtenerse en la sede de la Secretaría de Relaciones Internacionales o en la página web http://www.gencat.net/relacions_exteriors.

4.2 La presentación de la solicitud supone la plena aceptación de estas bases.

.5 Documentación

5.1 Las solicitudes de la ayuda deben ir acompañadas de la documentación que seguidamente se indica:

a) Una copia compulsada de la documentación que acredite la constitución de la entidad, la inscripción de la misma en el registro correspondiente y su NIF.

b) Copias compulsadas de los documentos que acrediten las facultades otorgadas a la persona representante de la entidad, o agrupación sin personalidad jurídica (nombramiento, poderes, etc.) y su DNI.

c) Memoria explicativa de la red eurorregional de cooperación en que conste la justificación, los objetivos, las entidades vinculadas a la red, el método de toma de decisión de la red, el plan de trabajo y el calendario. Esta memoria debe tener un máximo de 10 páginas.

d) El presupuesto para actividades de la red durante el plazo de ejecución de la actividad, detallado por conceptos.

f) Breve descripción de la red de cooperación y de sus objetivos y actuaciones (un máximo de 500 palabras). Los proyectos deben presentar todos los datos referentes a personas desagregadas por sexos, siempre y cuando estén disponibles, y deben utilizar un lenguaje no discriminatorio con el fin de garantizar su calidad.

g) Declaración en la que conste si se han solicitado o se han obtenido otras ayudas para el mismo fin, y el volumen de esa financiación. Si no se han solicitado u obtenido, también debe declararse. Esta declaración se incluye en la hoja de solicitud de la ayuda.

h) Declaración responsable de que en su persona no concurre ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. El modelo puede encontrarse en la web de la Secretaría de Relaciones Internacionales (http://www.gencat.net/relacions_exteriors). Esta declaración se incluye en la hoja de solicitud de la ayuda.

En el...

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