DECRETO 304/2001, de 20 de noviembre, por el que se crea la Comisión de Estudio y Seguimiento de la Situación de las Sectas en Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

304/2001, de 20 de noviembre, por el que se crea la Comisión de Estudio y Seguimiento de la Situación de las Sectas en Cataluña.

El Parlamento de Cataluña, mediante la Resolución 350/VI, de 23 de noviembre de 2000 (BOPC de 4.12.2000, núm. 121), insta al Gobierno de la Generalidad de Cataluña a tomar varias medidas en materia de sectas. Entre estas actuaciones se encuentra la de acordar la creación de una comisión de estudio y seguimiento de la situación de las sectas en Cataluña que esté coordinada por la Secretaría General de Juventud, dado que el sector más afectado por el impacto de los grupos sectarios es el formado por las personas jóvenes.

Por este motivo, y al objeto de tener una percepción mucho más completa y actualizada en relación con la situación de las sectas destructivas en Cataluña, se considera conveniente la creación de un órgano asesor que oriente la investigación en materia de sectas.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 12 y 51 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña;

En consecuencia, a propuesta del primer consejero y de conformidad con el Gobierno de la Generalidad de Cataluña,

Decreto:

Artículo 1

Creación

Se crea la Comisión de Estudio y Seguimiento de la Situación de las Sectas en Cataluña como órgano de consulta y asesoramiento del Gobierno de la Generalidad de Cataluña. Esta Comisión queda adscrita a la Secretaría General de Juventud del Departamento de la Presidencia de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 2

Objeto y funciones

Corresponden a la Comisión de Estudio y Seguimiento de la Situación de las Sectas en Cataluña las siguientes funciones:

a) Asesorar en materia de sectas a los organismos y a las entidades públicas y privadas que lo soliciten.

b) Estudiar las acciones, incluidas las preventivas, que otros países están llevando a cabo en materia de sectas.

c) Recoger y analizar datos sobre la situación de las sectas en Cataluña.

d) Formular recomendaciones a los departamentos de la Generalidad sobre aspectos relacionados con las sectas.

e) Recopilar la normativa dictada en la materia, y también de los tratados y convenios internacionales, de las decisiones adoptadas por las instituciones comunitarias europeas y las del Consejo de Europa.

f) Informar al Gobierno en relación con los aspectos relacionados con las sectas.

g)...

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