ORDEN TRI/302/2005, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la contratación de trabajadores/as parados/as para la realización de obras y servicios de interés general y social.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN

TRI/302/2005, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la contratación de trabajadores/as parados/as para la realización de obras y servicios de interés general y social.

La Orden TRE/32/2002, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la contratación de trabajadores/as parados/as para la realización de obras y servicios de interés general y social (DOGC núm. 3576, de 15.2.2002), modificada por la Orden TIC/242/2003, de 20 de mayo (DOGC núm. 3895, de 30.5.2003), se dictó en el marco del Tratado de Amsterdam, mediante el que se institucionaliza la Estrategia Europea para el Empleo, que tiene como objetivos estratégicos el pleno empleo de calidad y la mejora de la competitividad de la economía europea en el marco de la economía global. Para la consecución de estos objetivos, la Estrategia Europea para el Empleo descansaría sobre una estructura de tres pilares básicos de actuación: la creación de empleo y prevención de la desocupación; la adaptación del mundo empresarial y laboral a un entorno productivo cambiante y el despliegue de medidas específicas dirigidas a los colectivos con mayor riesgo de exclusión social.

De acuerdo con la Orden TAS/3657/2003, de 22 de diciembre (BOE núm. 312, de 30.12.2003), por la que se modifica la de 26 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones, por parte del INEM, en el ámbito de la colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores/as parados/as para la realización de obras y servicios de interés general y social; la Orden TAS/2435/2004, de 20 de julio (BOE núm. 176, de 22.7.2004), por la que se exceptúan determinados programas públicos de mejora de la ocupabilidad en relación con la utilización del contrato de inserción, modifica la Orden de 19 de diciembre de 1997, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas por parte del INEM en el ámbito de la colaboración con organismos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, comunidades autónomas, universidades y entidades sin ánimo de lucro que contraten trabajadores parados para la realización de obras y servicios de interés general y social; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (BOE núm. 276, de 18.11.2003), general de subvenciones, y la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo (BOE núm. 78, de 1.4.2005), que adecua al régimen jurídico establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, las normas reguladoras de las subvenciones en los ámbitos de ocupación y formación profesional ocupacional, se hace necesario establecer nuevas bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la contratación de trabajadores parados para la realización de obras y servicios de interés general y social que promueve el Servicio de Ocupación de Cataluña del Departamento de Trabajo e Industria y adaptarla a los cambios normativos producidos.

Vista la Ley 17/2002, de 5 de julio, de ordenación del sistema de ocupación y de creación del Servicio de Ocupación de Cataluña (DOGC núm. 3676, de 12.7.2002);

Visto el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 3791A y 4292, de 31.12.2004);

Vista la Orden TRI/211/2005, de 27 de abril, por la que se regula el procedimiento común relativo a los otorgamientos de las subvenciones gestionadas por el Servicio de Ocupación de Cataluña (DOGC núm. 4384, de 13.5.2005);

Vista la Orden TRI/210/2005, de 27 de abril, por la que se establece el régimen justificación económica de las acciones integrantes de los diferentes programas para el desarrollo de las políticas activas de ocupación que gestiona el Servicio de Ocupación de Cataluña (DOGC núm. 4384, de 13.2.2005);

Una vez consultados los agentes sociales representados en el Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña y el Consejo de Dirección del Servicio de Ocupación de Cataluña, con el informe previo de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada del Departamento de Trabajo e Industria, a propuesta del director del Servicio de Ocupación de Cataluña y en uso de las facultades que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Ordeno:

Capítulo 1 Artículos 1 a 7

Disposiciones comunes

Artículo 1

Objeto

1.1 Esta Orden tiene como objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al desarrollo de los proyectos destinados a la contratación de trabajadores/as parados/as para la realización de obras y servicios de interés general y social que promueve el Servicio de Ocupación de Cataluña, del Departamento de Trabajo e Industria.

1.2 Las acciones objeto de subvención de esta Orden son las siguientes:

Proyectos destinados a la contratación de trabajadores parados para la realización de obras y servicios de interés general y social, por parte de los órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos con sede en Cataluña, de los órganos de la Administración de la Generalidad de Cataluña y sus organismos autónomos, de las universidades, entidades e instituciones sin ánimo de lucro.

Proyectos destinados a la contratación de trabajadores/as parados/as para la realización de obras y servicios de interés general y social en colaboración con entidades locales.

Artículo 2

Beneficiarios de la subvención

2.1 Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que prevé esta Orden las entidades siguientes:

a) Los órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos con sede en Cataluña, los órganos de la Administración de la Generalidad de Cataluña y sus organismos autónomos, las universidades, entidades e instituciones sin ánimo de lucro.

b) Las entidades locales de Cataluña y las entidades dependientes o vinculadas a estas de acuerdo con el que establece la Ley 8/1987, de 15 de...

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