DECRETO 86/2002, de 5 de marzo, por el que se establece el régimen jurídico de la Comisión Asesora sobre la Publicidad Institucional.

SecciónDisposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO

86/2002, de 5 de marzo, por el que se establece el régimen jurídico de la Comisión Asesora sobre la Publicidad Institucional.

La necesidad de separar la publicidad política vinculada a los procesos electorales de la publicidad institucional y de la publicidad estrictamente administrativa motivó la publicación de la Ley 18/2000, de 29 de diciembre, por la que se regula la publicidad institucional.

La Ley regula la publicidad institucional dentro de la comunicación pública y establece los principios generales que deben regir la actividad publicitaria de carácter institucional que llevan a cabo las administraciones de Cataluña mediante contratos de publicidad, difusión publicitaria, creación publicitaria y patrocinio.

En el articulo 6 de esta Ley se prevé que la Comisión Asesora sobre la Publicidad Institucional, creada por el Decreto 289/1997, de 11 de noviembre, sea el órgano encargado de velar por el cumplimiento de los intereses generales y de los principios reguladores de esta materia, si bien la ampliación de los supuestos en los que esta comisión ejerce su labor y la ampliación del alcance de sus funciones, tanto desde el punto de vista objetivo como subjetivo, aconsejan regular de nuevo el régimen jurídico y el funcionamiento de este órgano al amparo de lo que establece la disposición transitoria de la mencionada Ley.

Por todo lo expuesto, a propuesta del primer consejero de la Generalidad, de conformidad con el informe de la Comisión Jurídica Asesora y de acuerdo con el Gobierno,

Decreto:

Artículo 1

Creación

La Comisión Asesora sobre la Publicidad Institucional es el órgano encargado de garantizar que la publicidad institucional de las administraciones públicas sirva con objetividad a los intereses generales y se adecue a los principios en los que se inspira la Ley 18/2000, de 29 de diciembre.

La Comisión Asesora sobre la Publicidad Institucional queda adscrita al Departamento de la Presidencia a través de la Secretaría de Comunicación.

Artículo 2

Funciones

Son funciones de la Comisión Asesora sobre la Publicidad Institucional:

a) Asesorar a las administraciones públicas de Cataluña con relación a las consultas que le formulen por razón de la publicidad institucional que realicen en los ámbitos de actuación correspondientes.

b) Informar preceptivamente sobre las campañas institucionales...

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