ORDEN AAM/117/2011, de 29 de abril, por la que se establece la campaña de pesca de coral rojo para el año 2011 en las aguas interiores del litoral de Cataluña.

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO NATURAL
Rango de LeyOrden

ORDEN

AAM/117/2011, de 29 de abril, por la que se establece la campaña de pesca de coral rojo para el año 2011 en las aguas interiores del litoral de Cataluña.

El artículo 119.2 del Estatuto de autonomía de Cataluña atribuye competencia exclusiva a la Generalidad de Cataluña en materia de pesca marítima en aguas interiores y la regulación y gestión de los recursos pesqueros.

La Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y acción marítimas, establece en su artículo 25 que el departamento competente en materia de pesca y acción marítimas, por orden de la titular, con el objeto de proteger y recuperar los recursos marinos, puede establecer fondos mínimos y vedas temporales o zonales que comporten la limitación o la prohibición del ejercicio de las actividades pesqueras o marisqueras.

El establecimiento de campañas de pesca del coral ha sido uno de los ejes de actuación de la política pesquera catalana ya que actúan directamente sobre la reducción del esfuerzo pesquero y facilitan el crecimiento y la reproducción de las colonias de coral y en esta disposición establece el mismo periodo de pesca de coral que en los años anteriores.

Las medidas reguladoras de la actividad extractiva del coral rojo en aguas interiores del litoral catalán son las contenidas en el Decreto 291/1983, de 30 de junio, sobre la extracción del coral, cuyos preceptos deben entenderse en el marco de la Ley 2/2010, de 18 de febrero, de pesca y asuntos marítimos.”

El Decreto 200/2010, de 27 de diciembre, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencias de los Departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, atribuye al artículo 3.9.3 del ejercicio de la competencia en materia de políticas de pesca en el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural, y el artículo 8 del Decreto 48/2011, de 4 de enero, de estructuración del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural, que se remite al Decreto 659/2006, de 27 de diciembre, otorga las competencias en materia de pesca marítima a la Dirección General de Pesca y Acción Marítima.

El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural considera oportuno establecer el alcance geográfico y las fechas de la campaña de pesca de coral para el año 2011 en las aguas interiores del litoral de Cataluña y, en consecuencia, de acuerdo con lo establecido en la Ley...

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