RESOLUCIÓN TIC/1336/2003, de 25 de abril, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de diversos puestos de mando del Servicio de Ocupación de Cataluña (convocatoria de provisión núm. TI/003/03).

SecciónCargos y Personal
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN

TIC/1336/2003, de 25 de abril, de convocatoria de concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de diversos puestos de mando del Servicio de Ocupación de Cataluña (convocatoria de provisión núm. TI/003/03).

De acuerdo con lo que prevén el Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública; el Decreto 123/1997, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y otras disposiciones complementarias;

Dado que están vacantes diversos puestos de mando del Servicio de Ocupación de Cataluña del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo, y vista la propuesta del titular del órgano directivo para su provisión;

Dada la vigente relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la Administración de la Generalidad y las descripciones de los puestos de trabajo a proveer, incluidas en el manual de organización de este Departamento;

Visto que la Intervención Delegada de este Departamento ha realizado el correspondiente trámite de intervención;

De conformidad con el artículo 80 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

.1 Convocar concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de los puestos de mando del Servicio de Ocupación de Cataluña del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo (convocatoria de provisión núm. TI/003/03), que se detallan en el anexo 2.

.2 Aprobar las bases de la convocatoria, que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el secretario general del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de su publicación en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 25 de abril de 2003

P. D. (Orden de 6.11.2002,

DOGC núm. 3758)

Oriol Pujol i Ferrusola

Secretario general

Anexo 1

.1 Puesto de trabajo

Se convoca concurso específico de méritos y capacidades para la provisión de los puestos de trabajo cuyas características son las que constan en el apartado 1 del anexo 2 esta convocatoria.

.2 Contenido funcional

El contenido funcional de los puestos de trabajo objeto de concurso, de acuerdo con las descripciones incluidas en el manual de organización del Departamento, aprobadas en fecha 8 de octubre de 2002, es lo que consta en el apartado 4 del anexo 2 de esta convocatoria.

.3 Requisitos de participación

3.1 Puede participar en esta convocatoria el personal funcionario al servicio de la Generalidad de Cataluña que cumpla los requisitos y las condiciones que establece la normativa vigente y, en concreto, los que determina la relación de los puestos de trabajo, de acuerdo con lo que consta en el apartado 2 del anexo 2 de esta convocatoria, de conformidad con lo siguiente:

3.1.1 El personal funcionario mencionado puede estar respecto de la Administración de la Generalidad en cualquiera de las situaciones administrativas que prevé la normativa.

3.1.2 También podrá participar el personal funcionario no integrado que preste servicios en la Administración de la Generalidad y que pertenezca a cuerpos o escalas del grupo de titulación en que estén clasificados lod puestod objeto de convocatoria, siempre que cumpla los requisitos y las condiciones exigidas en la relación de puestos de trabajo.

Asimismo, podrán participar los funcionarios de la Generalidad de Cataluña que pertenezcan a cuerpos, escalas o plazas del grupo de titulación en que está clasificado el puesto convocado, a los cuales no se exigió la titulación que señala el artículo 19 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, siempre que la titulación no sea un requisito indispensable de acuerdo con la relación de puestos de trabajo.

3.1.3 Para poder participar, los funcionarios con destino definitivo tendrán que haber permanecido un mínimo de un año en puestos del mismo nivel desde el que se concursa, salvo que el puesto a proveer sea del mismo departamento, o cuando se concurse desde un puesto de libre designación.

3.2 Los funcionarios con discapacidades podrán participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes siempre que puedan desarrollar las funciones del puesto de trabajo a proveer.

3.3 Asimismo, para poder participar en esta convocatoria es necesario poseer los conocimientos orales y escritos de lengua catalana de la Dirección General de Política Lingüística, o equivalente, del nivel que se señala en el apartado 3 del anexo 2.

En el caso de que los aspirantes no estén en posesión del certificado acreditativo correspondiente, la Junta de Méritos y Capacidades evaluará mediante una prueba estos conocimientos en relación con el puesto de trabajo a proveer, previamente a la elaboración de la propuesta de admitidos y excluidos prevista en esta convocatoria.

En este último caso, transcurridos 10 días a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, se especificarán en los tablones de anuncios del Departamento el día, la hora y el lugar de realización del medio de acreditación de los conocimientos necesarios de lengua catalana.

No obstante lo anterior, están exentos de realizar la prueba de conocimientos de lengua catalana los aspirantes que hayan participado y obtenido destino en convocatorias anteriores de concurso específico de méritos y capacidades o de libre designación, o de selección de personal en la Administración de la Generalidad en que hubiere establecida una prueba de catalán del mismo nivel o superior al exigido en la convocatoria.

En este supuesto, se deberá adjuntar a la solicitud de participación la correspondiente acreditación documental.

3.4 En ningún caso podrán tomar parte los funcionarios que se encuentren en suspensión de empleo, los trasladados de puestos de trabajo ni los destituidos de puestos de mando, como consecuencia de expediente disciplinario, mientras duren los efectos correspondientes, sin perjuicio de que los destituidos de cargos puedan participar para puestos singulares. Tampoco podrán tomar parte los funcionarios en situación diferente a servicio activo que no hayan permanecido el tiempo mínimo exigido para reingresar en el servicio activo.

3.5 Los requisitos de participación se han de reunir en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes que establece la base 4.1 de esta convocatoria.

.4 Solicitudes

4.1 Las solicitudes para tomar parte en este concurso se han de presentar en el Registro General del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo (ps. de Gràcia, 105, 08008 Barcelona, o calle Sepúlveda, 148-150, 08011 Barcelona), en la Delegación Territorial del Gobierno de Girona (Gran Via de Jaume I, 9, 17001 Girona), en la Delegación Territorial del Gobierno de Lleida (c. Lluís Companys, 1, 25003 Lleida), en la Delegación Territorial del Gobierno de Tarragona (c. Sant Francesc, 3, 43071 Tarragona), en la Delegación Territorial del Gobierno de las Tierras del Ebro (c. Doctor Ferran, 6-8, 43500 Tortosa) o por cualquiera de los medios que autoriza el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde el siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución de convocatoria en el DOGC.

4.2 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para los concursantes y sólo se admitirán renuncias a la participación en el concurso cuando se presenten dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que la Junta de Méritos y Capacidades decida aceptarlas, una vez transcurrido el citado plazo, por causas debidamente justificadas.

4.3 La solicitud se deberá formalizar según el modelo que figura como anexo de la Resolución de 4 de diciembre de 1997 (DOGC núm. 2546, de 29.12.1997). Igualmente, se pueden obtener en la siguiente dirección de Internet: http://www.gencat.net/governacio-ri/administracio/concursos.htm.

4.4 A la solicitud deberá adjuntarse una declaración de los méritos y capacidades que se aleguen, así como un certificado, emitido por el órgano competente en materia de personal, acreditativo de los requisitos de participación y de los méritos y capacidades alegados.

4.5 Los aspirantes a que hace referencia la base 3.2 han de adjuntar a la solicitud un informe emitido por el equipo oficial de valoración de disminuciones del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS), para que la Junta de Méritos y Capacidades pueda evaluar que el funcionario puede desarrollar de forma suficiente y autónoma las funciones y tareas del puesto de trabajo convocado.

Asimismo podrán pedir la adaptación del puesto solicitado, siempre que esta adaptación no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización y no sea incompatible...

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